JurisprudenciaARG
Primera Instancia

GAUNA MARTIN MOISES C/ GRAL SANEAMIENTO S.A. S/ DIFERENCIAS SALARIALES

El actor promovió demanda por diferencias salariales contra GRAL SANEAMIENTO S.A. El Tribunal de Trabajo homologó el acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes por la suma de PESOS SEIS MILLONES ($6.000.000), con costas a cargo de la demandada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 1 - BAHIA BLANCA
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
35396
Homologacion Conciliacion Diferencias salariales Orden publico Art. 15 lct Cosa juzgada Costas Honorarios Tasa de justicia Ley 15057

¿Quién es el actor?

GAUNA MARTIN MOISES.

¿A quién se demanda?

GRAL SANEAMIENTO S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

diferencias salariales.

¿Qué se resolvió?

homologar el convenio suscripto entre las partes por la suma de PESOS SEIS MILLONES ($6.000.000), conforme las pautas establecidas respecto al monto y forma de pago, con costas a cargo de la demandada (art. 24 ley 15057). Se regularon honorarios del Dr. Pablo Manuel Amigo ($1.200.000 más adicional de ley), de las Dras. Pamela Pittatore (11 JUS) y Eleonora Trevisi (4 JUS), y de los peritos Sergio Leonardo Daquino ($240.000) y Virginia Spinelli Fernández ($240.000). No se hizo lugar a la eximición de la tasa de justicia atento el estado procesal (art. 25 ley 15057).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...el acuerdo celebrado entre las partes no vulnera ningún principio de orden público, constituyendo una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional, conforme lo dispuesto en el art. 15 de la LCT."

"...en cualquier estado del proceso, las partes también podrán conciliar el juicio mediante presentación escrita del acuerdo para su homologación (...) La homologación producirá los efectos de cosa juzgada" (art. 30 ley del fuero).

"...siendo entonces la conciliación uno de los modos posibles de finalizar el juicio (conf. art. 309 CPCC), considero que corresponde homologar el convenio arribado entre las partes."

"Que se ajusta a derecho el convenio celebrado entre las partes."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Taraborelli, Eduardo Angel c/ Coop. Eléctrica de Tres Arroyos s/ Indem. de daños y perjuicios por Accid. de trabajoSCBA · 27/11/1990

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.