JurisprudenciaARG
Primera Instancia

PAEZ MAURICIO ANDRES Y OTRO/A C/ AGUAS BONAERENSES S.A. S/ DIFERENCIA INDEMNIZACION

Los actores promovieron demanda por diferencia de indemnización contra Aguas Bonaerenses S.A., y las partes arribaron a un acuerdo conciliatorio por la suma de $32.000.000. El Tribunal de Trabajo N° 1 de Bahía Blanca homologó el convenio, con costas a cargo de la demandada, y rechazó la eximición de la tasa de justicia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
TRIBUNAL DEL TRABAJO Nº 1 - BAHIA BLANCA
Fuero
TRIBUNAL DE TRABAJO (PROVINCIA DE BUENOS AIRES)
Jurisdicción
Local · Buenos Aires
Expediente
38619
Homologacion Conciliacion Diferencia de indemnizacion Accidente laboral Cosa juzgada Costas Tasa de justicia Art. 15 lct Art. 30 ley 15057 Honorarios.

¿Quién es el actor?

Mauricio Andrés Paez y Mariano Balbino.

¿A quién se demanda?

Aguas Bonaerenses S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

diferencia de indemnización laboral (autos caratulados "PAEZ MAURICIO ANDRES Y OTRO/A C/ AGUAS BONAERENSES S.A. S/ DIFERENCIA INDEMNIZACION").

Resolución: el Tribunal homologó el acuerdo conciliatorio celebrado entre las partes por la suma de $32.000.000, distribuidos en $15.000.000 para Mariano Balbino y $17.000.000 para Mauricio Andrés Paez, con costas a cargo de la demandada (art. 24 ley 15057). Se rechazó el pedido de eximición de la tasa de justicia atento el estado procesal (art. 25 ley 15057). Se regularon honorarios de los profesionales intervinientes y del perito contador.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que el acuerdo celebrado entre las partes no vulnera ningún principio de orden público, constituyendo una justa composición de los derechos e intereses de las partes y de la controversia traída a decisión de este órgano jurisdiccional, conforme lo dispuesto en el art. 15 de la LCT."

"...en cualquier estado del proceso, las partes también podrán conciliar el juicio mediante presentación escrita del acuerdo para su homologación (...) La homologación producirá los efectos de cosa juzgada" (art. 30 ley del fuero).

"Que siendo entonces la conciliación uno de los modos posibles de finalizar el juicio (conf. art. 309 CPCC), considero que corresponde homologar el convenio arribado entre las partes."

Normas que cita

Fallos que cita

  • Taraborelli, Eduardo Angel c/ Coop Eléctrica de Tres Arroyos s/ Indem de daños y perjuicios por accidente de trabajoSCBA · 27/11/1990

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.