RIQUELME ANDREA LORENA C/ ASOCIART SA ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
La actora promovió demanda contra la aseguradora de riesgos del trabajo por las indemnizaciones derivadas de una incapacidad permanente parcial del 7,56% por accidente in itínere ocurrido el 27/11/2023. El Tribunal hizo lugar a la demanda, declaró inaplicable el DNU 669/2019 por inconstitucional e inconvencional y condenó a la ART al pago de la suma de $9.565.775.
¿Quién es el actor?
ANDREA LORENA RIQUELME.
¿A quién se demanda?
ASOCIART S.A. ART.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
cobro de indemnizaciones por incapacidad laboral permanente derivada de accidente in itínere ocurrido el 27/11/2023, conforme Ley 24.557 y modificatorias.
¿Qué se resolvió?
se rechazaron los planteos de inconstitucionalidad por tratamiento abstracto; se hizo lugar a la demanda y se condenó a ASOCIART S.A. ART al pago de $9.565.775, con pago en cuenta sueldo o cuenta bancaria de titularidad de la actora, intereses a la tasa activa del Banco de la Provincia de Buenos Aires en caso de incumplimiento, costas a la demandada y regulación de honorarios de letrados y peritos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Establecido como ha quedado el grado de incapacidad y su relación causal con el hecho de autos, la demandada debe ser condenada a responder en los términos de la legislación aplicable (arts. 8 ap. 1 y 2, 12, y 14 apartado 2 inc. a) de la Ley 24.557 y sus modificatorias)."
"Por ello, propongo declarar la inconstitucionalidad e inconvencionalidad del DNU (669/2019) el que en consecuencia, no resulta aplicable en autos." El Tribunal fundó esta solución en que el decreto fue dictado sin la intervención de la Comisión Bicameral Permanente (Ley 26.122) y sin verificarse las razones de necesidad y urgencia del art. 99 inc. 3 CN.
"...considero corresponde aplicar la norma vigente por no darse en la especie los presupuestos de aplicación de la doctrina sentada por la SCBA en los autos 'Barrios' (C. 124.096, sent. del 17-4-2024)..." Se aplicó la fórmula de ley por resultar más favorable que el piso mínimo establecido por el DL 1694/09.
Se fijó un interés puro del 3% anual desde la fecha del infortunio. El Dr. Gabriele votó en disidencia parcial, proponiendo el 6% anual para ese interés; el resto del Tribunal adhirió a la propuesta de la Dra. Cáceres.
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Normas que cita
- Ley 24.557arts. 8, 12, 14 inc. 2 a · Ley de riesgos del trabajo
- Ley 26.773Riesgos del trabajo
- Ley 27.348arts. 12, 17 · Riesgos del trabajo
- Ley 26.950Convenios
- Decreto 669/2019art. 12
- Decreto 659/1996
- Decreto-ley 1694/2009
- Ley 26.122Regimen legal de los decretos de necesidad y urgencia ...
- Constitución Nacionalart. 99 inc. 3
- Ley 15.057 (Provincia De Buenos Aires)arts. 24, 57
- Ley 14.967 (Provincia De Buenos Aires)arts. 16, 21, 22, 24, 25, 28 inc. h, 43, 51, 54, 57
- Ley 10.620 (Provincia De Buenos Aires)arts. 168, 169, 207
- Ley 6716 (Provincia De Buenos Aires)arts. 12, 16, 20
- Ley 10.268 (Provincia De Buenos Aires)art. 12 inc. a
- CCCarts. 730, 768, 769
Fallos que cita
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