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Cámara de Apelaciones

CARMONA, LEONARDO DAVID c/ SMG LIFE SEGUROS DE VIDA S.A. s/DESPIDO

El actor promovió demanda por despido contra SMG LIFE SEGUROS DE VIDA S.A., y en la instancia de alzada, tras la intervención de la Corte Suprema en la causa Oliva, la Cámara modificó la sentencia de primera instancia en materia de accesorios, dejando sin efecto la aplicación del acta CNAT 2764 y disponiendo que el capital de condena devengue intereses a la tasa pasiva del Banco Central con la capitalización prevista en el art. 770 inciso c) del CCyCN.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CÁMARA NACIONAL DE APELACIONES DEL TRABAJO - SALA V
Fuero
NACIONAL DEL TRABAJO
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 046962/2019
Intereses laborales Acta cnat 2764 Tasa pasiva bcra Capitalizacion art. 770 ccycn Ley 27.802 art. 55 Inconstitucionalidad Desproporcion economica Caso oliva Corte suprema Despido.

¿Quién es el actor?

Leonardo David Carmona.

¿A quién se demanda?

SMG LIFE SEGUROS DE VIDA S.A.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnizaciones derivadas de un despido (juicio "CARMONA, Leonardo David c/ SMG LIFE SEGUROS DE VIDA S.A. s/ Despido", Expte. CNT 46962/2019/CA1, Juzgado N° 41).

¿Qué se resolvió?

la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala V, por mayoría, modificó la sentencia de primera instancia en lo materia de tratamiento en esta segunda intervención, dejó sin efecto lo dispuesto respecto de los intereses y dispuso que el capital de condena se actualice y devengue intereses conforme el Considerando II del primer voto (tasa pasiva del BCRA, desde que cada suma es debida y hasta su pago, con capitalización del art. 770 inc. c CCyCN si la deuda persiste tras la notificación de la liquidación e intimación de pago). No se aplica el art. 279 CPCCN; se mantiene lo decidido por la Sala I en costas y honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...debe aplicarse un tasa de interés que no configure una desproporción en las acreencias debidas en tanto las facultades acordadas a los jueces por el inciso c del artículo 768 del CCyCN no importa alterar los componentes económicos sino aplicar una tasa de interés fijada según las reglamentaciones del Banco Central."

"...la tasa prevista por el art. 55 de la ley 27.802 no resulta desajustada, teniendo en cuenta que los parámetros allí insertos contemplan una posible desproporción de los créditos de naturaleza laboral y alimentaria que se adeudan a fin que no se transformen en sumas ínfimas..."

Sobre la inconstitucionalidad planteada respecto del art. 55 de la ley 27.802: "...la declaración de inconstitucionalidad de una norma es un acto de suma gravedad que requiere el análisis preciso de la coyuntura en la cual se enmarca el caso concreto..." y "...no se encuentra acreditada una afectación al derecho de propiedad de la persona trabajadora que pueda implicar una pulverización del crédito y sustente la declaración de inconstitucionalidad de la norma cuestionada..."

Nota: la Sala I había aplicado las actas 2601, 2630, 2658 y 2764 CNAT; la Corte, en "Oliva" (Fallos 347:100), dejó sin efecto esa aplicación por resultado desproporcionado.

¿Cómo votaron los jueces?

el Dr. Manauta propuso el esquema de intereses descripto; el Dr. de Vedia adhirió por análogos fundamentos; el Dr. Catani no votó (art. 125 LO).

Normas que cita

Fallos que cita

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