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Primera Instancia

DIMITRIJEWITS ANDREA ELSA c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

La actora, jubilada docente bajo el régimen especial de la Ley 24.016, promovió amparo contra la ANSeS para que cese el descuento del art. 9 inc. 2 de la Ley 24.463 sobre su haber. El Juzgado Federal de la Seguridad Social N° 6 hizo lugar a la acción, declaró inaplicable dicha deducción y ordenó la restitución de las sumas descontadas con intereses.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 6
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 053443/2026
Amparo previsional Regimen docente Ley 24.016 Decreto 137/05 Art. 9 ley 24.463 Tope jubilatorio Inaplicabilidad Restitucion de descuentos Prescripcion bienal Impuesto a las ganancias.

¿Quién es el actor?

Andrea Elsa Dimitrijewits.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

declaración de inconstitucionalidad de la Circular ANSES PREV-05-08/19 y normas concordantes en cuanto disponen la deducción del art. 9 de la Ley 24.463 sobre su jubilación docente; cese inmediato de los descuentos y devolución de lo descontado con intereses.

¿Qué se resolvió?

el Tribunal hizo lugar a la acción de amparo, declaró la inaplicabilidad del art. 9 inc. 2 de la Ley 24.463 respecto de la actora, ordenó el pago del haber sin esa deducción y la liquidación y restitución de las sumas descontadas con intereses en el plazo de treinta días. Impuso las costas a la demandada vencida y difirió la regulación de honorarios.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...no corresponde la deducción que la demandada realiza sobre la base del art. 9 inc. 2 de dicho cuerpo normativo, ya que en definitiva, desvirtúa en la práctica el reconocimiento del estatuto especial." El Tribunal sostuvo que la titular se desempeñó como docente y que la demandada le aplicó el suplemento del Decreto 137/05, por lo que el beneficio debe regirse por el régimen de la Ley 24.016, siguiendo los precedentes "Gemelli" (Fallos 328:2829) y "Guzmán, Cristina" (CSJN, 2/3/2016), que establecen que el régimen de la Ley 24.016 quedó sustraído de las disposiciones de las leyes 24.241 y 24.463. Asimismo, se remitió a "Tacconi" (CSJN, 3/8/23), donde se señaló que "...la propia ANSeS, al abonar a la actora el suplemento docente del decreto 137/2005, le reconoció el derecho a que su haber se reajustara de acuerdo a las pautas de la ley 24.016". Respecto del impuesto a las ganancias, se declararon exentas las retroactividades conforme a "García María Isabel" (CSJN, 26/3/2019). Se admitió la prescripción bienal del art. 82 de la Ley 18.037 respecto de créditos anteriores a los dos años previos a la demanda. No hay votos en disidencia por tratarse de una sentencia unipersonal.

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 9 inc. 2, 22 · Solidaridad previsional
  • Ley 24.016Docentes
  • Ley 24.241art. 16 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Decreto 137arts. 1, 2, 4
  • Ley 16.986arts. 2 inc. e), 8, 14 · Amparo
  • Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Ley 27.423Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 25.239art. 25 · Reforma tributaria
  • Constitución Nacionalarts. 14 bis, 16

Fallos que cita

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