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Cámara de Apelaciones

BLAS RUIZ, ROBERTO CARLOS c/ EN-M INTERIOR-DNM s/RECURSO DIRECTO DNM

El Sr. Roberto Carlos Blas Ruiz, de nacionalidad peruana, impugnó la cancelación de su residencia permanente y la orden de expulsión dictadas por la Dirección Nacional de Migraciones tras una condena por lesiones dolosas leves agravadas por el vínculo. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que había rechazado el recurso, por mayoría, con fundamento en la gravedad del delito y en la inaplicabilidad de la dispensa por reunificación familiar.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA III
Fuero
CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CAF 044006/2023/CA001
Residencia permanente Expulsion de extranjero Cancelacion de residencia Ley 25.871 Condena penal Dispensa por reunificacion familiar Interes superior del nino Caducidad registral Recurso directo Dnm.

¿Quién es el actor?

Roberto Carlos Blas Ruiz, de nacionalidad peruana, residente permanente desde el 15/11/2007.

¿A quién se demanda?

Estado Nacional – Ministerio del Interior – Dirección Nacional de Migraciones (DNM).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

revocación de la Disposición SDX Nº 27579 (19/2/2021), que canceló su residencia permanente, declaró irregular su permanencia, ordenó su expulsión y prohibió su reingreso por ocho años; y de la Disposición SDX Nº 36431 y la Resolución RESOL-2023-1481-APN-SECI#MI, que rechazaron los recursos administrativos.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, la Cámara rechazó el recurso de apelación de la parte actora y confirmó la sentencia de primera instancia en cuanto fue materia de agravios. Las costas de ambas instancias se impusieron por su orden.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"…dado que el migrante, con residencia permanente en el país desde el año 2007, fue condenado por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Nº 4, Secretaría Nº 66, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a la pena de 6 meses de prisión, en orden al delito de lesiones dolosas leves agravadas por el vínculo, y relacionada con situaciones de género, no cabe sino colegir que resultó ajustada a derecho la decisión de la Dirección Nacional de Migraciones de cancelar su residencia y disponer su expulsión del territorio nacional."

"En razón de lo expuesto, debido a las nuevas condiciones impuestas en la materia, y toda vez que la autoridad de aplicación ponderó oportunamente el pedido y resolvió denegarlo en la especie, corresponde confirmar lo decidido por el juez a quo."

Sobre la caducidad registral del antecedente penal, la mayoría sostuvo que "la caducidad de la que se trata en esa norma versa sobre el registro del antecedente penal como dato relativo a la persona a los fines de la información que puede ser brindada, mas no a los efectos que produce la condena en orden al impedimento para la permanencia en el territorio nacional".

Sobre el interés del menor: "los intereses de los menores se ven amparados en el derecho de reunificación familiar consagrado al migrante en la Ley N° 25.871".

¿Cómo votaron los jueces?

propuso admitir el recurso y revocar la sentencia, por entender que la condena de seis meses de prisión en suspenso no alcanza el umbral de cinco años previsto en el art. 62 inc. b) de la Ley 25.871 en su redacción original, aplicable al caso según su criterio.

Normas que cita

  • Ley 25.871arts. 62, 63, 70 y ss. · Migraciones
  • Decreto 366arts. 16, 17
  • Ley 19.549arts. 7, 8 · Normas
  • CParts. 51, 27 bis · Codigo penal
  • CPCCNarts. 68, 279 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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