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Cámara de Apelaciones

Incidente Nº 1 - ACTOR: MARIN, JUAN Y OTRO DEMANDADO: ANSES s/INC EJECUCION DE SENTENCIA

La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia que aprobó la planilla de ejecución en un reajuste previsional contra la ANSeS, rechazando el recálculo de la PBU y el agravio sobre el impuesto a las ganancias sobre el retroactivo. La mayoría mantuvo la solución de primera instancia, mientras que una jueza propuso además eximir de ganancias la totalidad del retroactivo.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE ROSARIO - SALA B - SECRETARIA CIVIL
Fuero
FEDERAL DE ROSARIO
Jurisdicción
Federal · Santa Fe
Expediente
FRO 008943/2015/1/CA002
Ejecucion de sentencia Reajuste previsional Movilidad Pbu Anses Impuesto a las ganancias Retroactivo Honorarios periciales Costas Precedente quiroga

¿Quién es el actor?

Juan Marín y otro (ejecutante, con intervención de la sucesión de María Ester Balsames).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

ejecución de sentencia en un reajuste por movilidad, con cuestionamientos a la liquidación practicada por la perita contadora.

¿Qué se resolvió?

confirmar la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios, confirmar la regulación de honorarios de la perita, regular los honorarios de la alzada en el 30% de lo fijado en primera instancia, e imponer las costas de la instancia a la demandada vencida (art. 36 ley 27.423).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre el recálculo de la PBU, la Dra. Vidal expresó: "surge de la sentencia que se ejecuta que se difirió el análisis respecto de su procedencia al momento de la ejecución, conforme los fundamentos del precedente 'Quiroga' de la CSJN. En consecuencia, nos encontramos en la etapa procesal oportuna a los efectos de realizar el estudio pospuesto."

Sobre el método de cálculo, remitió a lo resuelto por la Sala B en "COLLOMB, Osvaldo c/ ANSeS s/ Reajustes Varios" (25/02/2021) y a lo resuelto por la Sala A en "DESIMONE, Juan Ramón", concluyendo que "resulta correcto el cálculo realizado y corresponde rechazar el agravio de la demandada."

Sobre el incremento del 1% por años excedentes de 30, señaló que "el perito contabilizó 30 años para el reajuste de la PBU, por lo que no se da el supuesto esgrimido por la demandada."

Sobre ganancias, la Dra. Vidal confirmó la inaplicabilidad del impuesto al retroactivo de capital e intereses, citando los precedentes de la CSJN "García, Marta Susana" y "Dattorre, Manuel Víctor" (10/09/2020), "Villamayor, Homero Jorge" (17/09/2020), y el plenario de la Cámara Federal de Apelaciones de Salta en "Percivaldi" (29/12/2020).

Honorarios de la perita: "la suma establecida se encuentra entre los porcentajes arancelarios y es adecuada, razón por la cual corresponde su confirmación."

¿Cómo votaron los jueces?

sobre ganancias, sostuvo que, por la obligatoriedad de los fallos de la CSJN para tribunales inferiores, "debería quedar exento del impuesto a las ganancias la totalidad del retroactivo reconocido en autos." Adhirió al resto de lo expuesto por la preopinante. Esta propuesta quedó en minoría y no integra la decisión del tribunal.

Normas que cita

  • Ley 24.241art. 20 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 20.628Impuestos a las ganancias
  • Ley 27.423arts. 36, 21, 41 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia

Fallos que cita

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