JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

TURRI, RODOLFO PABLO Y OTROS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La parte actora, titular de beneficios previsionales, demandó a la ANSES por reajuste y movilidad de sus haberes, y el juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda y le impuso las costas a la demandada. La Cámara Federal de Paraná hizo lugar parcialmente a la apelación, revocó lo resuelto respecto del derecho del actor Romero a replantear el reajuste de la PBU y distribuyó las costas en el orden causado, declarando además la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE PARANÁ - SECRETARIA DE SEGURIDAD SOCIAL
Fuero
FEDERAL DE PARANÁ
Jurisdicción
Federal · Entre Rios
Expediente
FPA 009341/2024/CA001
Reajuste previsional Prestacion basica universal (pbu) Movilidad jubilatoria Precedente quiroga Retiro por invalidez Costas en seguridad social Art. 36 ley 27.423 Inconstitucionalidad dnu 157/2018 Cosa juzgada Anses

¿Quién es el actor?

Rodolfo Pablo Turri y otros (titulares de beneficios previsionales; entre ellos, los coactores Romero y Aguiar).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste y movilidad de los haberes previsionales, incluido el recálculo de la Prestación Básica Universal (PBU).

¿Qué se resolvió?

se hace lugar parcialmente a la apelación de la demandada. Se revoca lo resuelto respecto del derecho del actor Romero de replantear el reajuste de la PBU conforme el precedente "Quiroga" de la CSJN, y se revoca la imposición de costas a la demandada, distribuyéndolas en el orden causado. Se confirma la sentencia en lo demás, se declara la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 con costas en el orden causado, no se regulan honorarios al letrado de la parte actora ni a los apoderados de la demandada, y se tiene presente la reserva del caso federal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre el reajuste de la PBU del coactor Aguiar, se sostuvo que "el artículo 20 de la ley 24.241 dispone un método independiente de cálculo del componente en relación a la PC y la PAP", y que, habiendo la CSJN en "Quiroga" dejado a resguardo el derecho del beneficiario a reclamar su ajuste al momento de la liquidación, "no se observa un agravio serio, cierto y actual, sino que éste se presenta como hipotético y conjetural".

Respecto del coactor Romero, se señaló que "el Sr. Romero es titular de un retiro por invalidez que no se compone de Prestación Básica Universal", por lo que "resulta inaplicable al caso la doctrina 'Quiroga'".

En materia de costas, se afirmó que "la pretensión sólo ha prosperado parcialmente", por lo que corresponde "distribuirlas en el orden causado en virtud del resultado arribado -art. 36 ley 27.423, última parte-".

Sobre la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, se siguió lo resuelto por la CSJN en "Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS" (22/06/2023), aplicando el art. 36 de la ley 27.423.

Se desestimó el pedido de deserción del recurso, por considerar suficientes los agravios de la demandada.

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