JurisprudenciaARG
Cámara de Apelaciones

PAEZ, MARIA ESTELA c/ ANSES s/AMPARO LEY 16.986

Una beneficiaria del régimen docente de la Ley 24.016 reclamó contra la ANSeS la inaplicabilidad del tope del art. 9 de la Ley 24.463 y la restitución de los descuentos del impuesto a las ganancias sobre su haber y su retroactivo. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, que había hecho lugar al amparo, con costas a la demandada vencida.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A - SECRETARIA PREVISIONAL
Fuero
FEDERAL DE MENDOZA
Jurisdicción
Federal · Mendoza
Expediente
FMZ 023874/2026/CA001
Regimen docente Ley 24.016 Tope jubilatorio Art. 9 ley 24.463 Haber previsional 82% movil Impuesto a las ganancias Retroactivo Costas Amparo previsional.

¿Quién es el actor?

María Estela Páez.

¿A quién se demanda?

ANSeS.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

inaplicabilidad del tope previsto en el art. 9 de la Ley 24.463 sobre el haber de un beneficio otorgado bajo el régimen especial docente de la Ley 24.016, y cese de los descuentos practicados, con reintegro de las sumas retenidas e intereses.

¿Qué se resolvió?

el tribunal, por unanimidad, no hizo lugar al recurso de apelación de la ANSeS, confirmó la inaplicabilidad del tope del art. 9 de la Ley 24.463 respecto del régimen docente, confirmó el cese de los descuentos con reintegro de lo retenido, impuso las costas de la instancia a la demandada vencida y no reguló honorarios a la representación letrada de la actora por no haber intervenido en esta instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Cuando se trata de un régimen especial, como es el caso del personal docente comprendido en la Ley n° 24.016, la cuestión presenta un matiz diferente. Dicho régimen garantiza un haber equivalente al 82% móvil de la remuneración mensual del cargo u horas que tuviera asignado al momento del cese, o de la remuneración actualizada del cargo de mayor jerarquía desempeñado durante su carrera docente."

"A su vez, y de modo categórico, la Corte Suprema en la causa 'Guzmán, Cristina c/ ANSeS' (02/03/2016) sostuvo que el art. 9 de la Ley n° 24.463 no resulta aplicable al haber de una persona que obtuvo su beneficio bajo el régimen especial docente, por cuanto este se encuentra sustraído de las disposiciones del régimen general. Tal conclusión guarda sustancial analogía con lo decidido en el precedente 'Gemelli' (Fallos: 328:2829), en el que se afirmó que el régimen jubilatorio de la Ley n° 24.016 ha quedado sustraído de las normas que integran el sistema general reglamentado por las leyes n° 24.241 y n° 24.463, manteniéndose vigente con todas sus características."

"Por todo ello, corresponde declarar la inaplicabilidad del tope previsto en el art. 9 de la Ley n° 24.463 respecto de beneficios otorgados bajo este régimen especial, y confirmar la decisión de cesar los descuentos practicados y reintegrar las sumas retenidas, con más sus intereses."

Sobre el impuesto a las ganancias, el tribunal sostuvo que el juez previsional debe proteger la cuantía de los haberes y que la ANSeS puede ser demandada como agente de retención, citando precedentes de la CFSS y de la Corte en 'Gutiérrez, Oscar Eduardo c/ANSeS' ("proteger derechos constitucionales conculcados"). Respecto del retroactivo, remitió a sus precedentes "Di Lorenzo" y "Piulats", y señaló que la Ley 27.617 no legisló con perspectiva de vulnerabilidad, por lo que el criterio de 'García' sigue aplicable. Sobre las costas, remitió al art. 14 de la Ley 16.986.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Actis Caporale, Sonia c/ CNP para la I.C.yA.C.CSJN · Fallos 323:4216
  • Tudor, Enrique José c/ ANSeSCSJN · Fallos 327:3251
  • Pozzi, Hilda Alicia c/ ANSeSCSJN · 13/03/2007
  • Guzmán, Cristina c/ ANSeSCSJN · 02/03/2016
  • GemelliCSJN · Fallos 328:2829
  • Gutiérrez, Oscar Eduardo c/ANSeSCSJN · 11/04/2006
  • Piulats, Pedro Jorge c/ANSeSCFCMZA SALA A · 07/06/2019
  • Di Lorenzo, Carlos Feliz c/ANSeSCFCMZA SALA A · 06/10/2020
  • Vicente, Elisa Nélida c/ A.N.Se.S.CFSS SALA II · 26/02/2010
  • GarcíaCSJN

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