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Cámara de Apelaciones

BARROSO, CARMEN JUANA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de Apelaciones de Mendoza (Sala A) hizo parcialmente lugar al recurso de ANSES en el reclamo de reajuste previsional promovido por Carmen Juana Barroso. Revocó la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 y declaró inconstitucional el art. 1° de la ley 27.609 por violar el principio de no regresividad.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE MENDOZA - SALA A - SECRETARIA PREVISIONAL
Fuero
FEDERAL DE MENDOZA
Jurisdicción
Federal · Mendoza
Expediente
FMZ 024163/2025/CA001
Reajuste previsional Movilidad jubilatoria Ley 27.609 Ley 27.426 Inconstitucionalidad Principio de no regresividad Pbu Retroactivo Impuesto a las ganancias Costas previsionales.

¿Quién es el actor?

Carmen Juana Barroso.

¿A quién se demanda?

ANSES.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional (recálculo de la PBU, actualización de remuneraciones, movilidad jubilatoria, retroactivo e impuesto a las ganancias, topes y costas).

¿Qué se resolvió?

se hace lugar parcialmente al recurso de ANSES. Se revoca la sentencia de primera instancia en cuanto declaraba la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426, declarándola constitucional conforme la doctrina reciente de la CSJN (caso Fernández Pastor). Se declara la inconstitucionalidad del art. 1° de la ley 27.609, con actualización por IPC. Se imponen las costas a la demandada vencida (art. 36 ley 27.423) y se regulan honorarios en el 30% de lo fijado en primera instancia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre el art. 2 de la ley 27.426, el voto del Dr. Pizarro sostiene: "recientemente la CSJN con fecha 4 de diciembre del año 2025 en los autos: 'CSS 138932/2017/CS1 … Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimos', resolvió revocar la sentencia de Cámara, declarando la constitucionalidad del artículo puesto en crisis, por reflexionar en el considerando 11 que 'en el presente caso puede afirmarse que la ley n° 27.426 - vigente desde el 29 de diciembre de 2017 - no vulneró un derecho adquirido por los beneficiarios…'".

Sobre el art. 1° de la ley 27.609, el voto afirma: "La sentencia recurrida se ajusta a derecho al declarar la inconstitucionalidad del art. 1° de la Ley n° 27.609, por vulnerar el principio de no regresividad, sin que el Estado haya aportado justificación suficiente." Y agrega: "el control de constitucionalidad y convencionalidad compete a los jueces. Los DESC son normas operativas y su contenido mínimo no puede ser desconocido por la discrecionalidad política."

Sobre costas: "las mismas se impondrán a la demandada vencida, ello atento a lo resuelto recientemente por la CSJN en los autos 'MORALES, BLANCA AZUCENA C/ ANSES S/ IMPUGNACION DE ACTO ADMINISTRATIVO' de fecha 22/06/2023…"

Normas que cita

Fallos que cita

  • Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ ANSeSCSJN · 04/12/2025
  • Morales, Blanca Azucena c/ ANSESCSJN · 22/06/2023
  • Elliff, Alberto c/ ANSESCFSS
  • Cortés, Leonardo Evaristo c/ ANSESCFed. Mendoza · 04/11/2024
  • Guerra, Alfredo Antonio c/ ANSESCFed. Mendoza Sala A · 26/08/2021
  • Poblete, Oscar Argentino c/ ANSESCFed. Mendoza Sala B · 26/08/2021
  • Pérez, Ángela Socorro c/ ANSESCFSS Sala II · 11/06/2019
  • Di Lorenzo, Carlos Feliz c/ ANSESCFed. Mendoza Sala A · 06/10/2020
  • ArcuriCSJN · Fallos 332:2454
  • Q.C.CSJN · 24/04/2012
  • Jiménez Pereira, Fulgencio c/ EN-DNMCSJN · 11/07/2024

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