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Cámara de Apelaciones

PERALTA, JUAN CARLOS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba modificó la sentencia de primera instancia respecto de la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) en el reajuste jubilatorio reclamado contra ANSES, fijando pautas diferidas a la liquidación. Confirmó en lo demás la condena, incluyendo el criterio de Makler para los aportes como autónomo y la imposición de costas, y declaró desierto el agravio sobre el índice ISBIC.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE CÓRDOBA - SALA B - SECRETARIA PREVISIONAL
Fuero
FEDERAL DE CÓRDOBA
Jurisdicción
Federal · Cordoba
Expediente
FCB 034696/2022/CA001
Seguridad social Reajuste previsional Pbu Isbic Makler Villanustre Ley 24.241 Topes ley 24.463 Impuesto a las ganancias Costas.

¿Quién es el actor?

Juan Carlos Peralta.

¿A quién se demanda?

ANSES.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste de la prestación previsional (jubilación con fecha inicial de adquisición el 23/8/2016, régimen de la ley 24.241), tras la desestimación administrativa de la Res. ANSES del 25/8/2022.

¿Qué se resolvió?

la Cámara declaró desierto el agravio de la demandada sobre el índice ISBIC para remuneraciones en relación de dependencia; modificó la sentencia en cuanto a la actualización de la PBU, conforme la metodología diferida a la etapa de liquidación; y confirmó lo demás, incluyendo la aplicación de "Makler" a los aportes como autónomo, el rechazo del planteo de inconstitucionalidad del art. 24 de la ley 24.241 por falta de agravio, el diferimiento de los topes del art. 9 incs. 2 y 3 de la ley 24.463, la retención de Ganancias, la aplicación de "Villanustre" en ejecución y la condena en costas de primera instancia. En costas de Alzada, se impusieron en el orden causado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre el ISBIC: "cabe señalar que el Juzgador aplicó el índice ISBIC sólo para la PBU y para PC y PAP aplicó la doctrina de los precedentes 'Makler' y 'Volonté', por lo que corresponde declarar desierto el agravio expuesto por la demandada conforme los artículos 265 y 266 del CPCCN."

Sobre los aportes como autónomo: "corresponde seguir los lineamientos del Alto Tribunal en los autos 'Makler, Simón c/ A.N.Se.S s/Inconstitucionalidad Ley 24.463' (sentencia del 20/5/2003), por lo que deben considerarse todos los años y categorías efectivamente aportadas, en cada momento histórico."

Sobre la PBU: "corresponde modificar la sentencia recurrida en este punto, conforme las pautas aquí dadas", difiriendo "el análisis sobre la suma final a la que ascendería la PBU a la etapa de liquidación de la sentencia", según "Quiroga".

Sobre Ganancias: "el recurso de apelación en este punto no puede prosperar", remitiendo a "García, María Isabel" (CSJN, 26/3/2019).

Sobre "Villanustre": "corresponde tener presente la aplicación del citado precedente para la etapa de ejecución de sentencia."

Sobre costas: "corresponde confirmar la condena en costas dispuesta por el magistrado, en los términos del art. 68, primera parte del CPCCN y art. 36 de la Ley N° 27.423."

Normas que cita

  • Ley 24.241arts. 9, 24, 25, 26 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 24.463arts. 9 incs. 2 y 3, 21 · Solidaridad previsional
  • Ley 27.423art. 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 20.628Impuestos a las ganancias
  • Ley 27.260Reparacion historica para jubilados y pensionados
  • Decreto 807
  • Resolución 6
  • Resolución 23art. 2
  • Resolución 955art. 2
  • CPCCNarts. 265, 266, 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

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