Legajo Nº 1 - IMPUTADO: SALVATORI CHIGNOLI, VINCENT YAIN URIEL s/LEGAJO DE CASACION
La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto por la defensa pública oficial de Vincent Yain Uriel Salvatori Chignoli contra la resolución que rechazó la compensación de pena por condiciones de detención, la prisión domiciliaria y el traslado. El tribunal por mayoría consideró que la impugnación sólo expresaba una discrepancia con la valoración de la prueba médica y penitenciaria, sin demostrar arbitrariedad.
¿Quién es el actor?
Vincent Yain Uriel Salvatori Chignoli, representado por la defensa pública oficial.
¿A quién se demanda?
Tribunal Oral en lo Criminal Federal n° 3 de Córdoba (con integración unipersonal por el magistrado con funciones de ejecución), en el marco de la ejecución de la pena.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
compensación de la pena mediante el cómputo "dos por uno" por condiciones de detención, relocalización al Establecimiento Penitenciario N° 4 "Colonia Abierta Monte Cristo", y prisión domiciliaria.
¿Qué se resolvió?
la Cámara, por mayoría (Petrone y Barroetaveña), declaró inadmisible el recurso de casación, con costas en la instancia. El voto del juez Slokar, que inauguraba el acuerdo y proponía habilitar la instancia, quedó en minoría. La mayoría encomendó además al tribunal de origen que continúe arbitrando los medios para la atención médica del encausado e intervenga a las víctimas conforme el art. 12 inc. d) de la Ley 27.372.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Habré de disentir respetuosamente con la propuesta formulada por el colega que inaugura el acuerdo, señor juez Alejandro W. Slokar, toda vez que, si bien el recurso de casación ha sido interpuesto en término, por quien tiene legitimación para recurrir y se dirige contra una de las resoluciones mencionadas en el artículo 491 del CPPN, ello no es suficiente para habilitar esta instancia -art. 463 del CPPN-."
"[L]a parte recurrente no introdujo argumentos ni una crítica razonada que logren conmover la decisión adoptada, toda vez que se ha limitado a invocar defectos de fundamentación de la resolución impugnada, a partir de una discrepancia sobre la interpretación de las circunstancias concretas del caso."
"En particular, se observa que el rechazo de realojamiento decidido por el juez de previa intervención, se ajusta a lo resuelto por esta Sala … en los que se sostuvo que la determinación de la unidad de alojamiento de los internos resulta resorte de la autoridad penitenciaria, reservándose a la autoridad judicial su contralor."
"[E]l tribunal a quo entendió, de manera razonada y en consonancia con lo dictaminado por el representante del Ministerio Público Fiscal, que no corresponde morigerar la modalidad de cumplimiento de la pena impuesta a Salvatori Chignoli."
"[L]a presentación recursiva sólo evidencia una opinión diversa sobre la cuestión debatida y resuelta por la instancia anterior sin demostrar que haya existido un apartamiento de la solución normativa y doctrinaria prevista para el caso o que se avizoren groseras deficiencias lógicas de razonamiento o fundamentación."
¿Cómo votaron los jueces?
propuso que, prima facie, correspondía estar a lo dispuesto por el art. 465 bis del CPP (sin adelantar criterio sobre el fondo).
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Normas que cita
- CPPNarts. 444, 463, 491, 530, 465 bis
- CParts. 10, 142, 164, 172
- Ley 24.660arts. 3, 4, 10, 32 y ss. · Pena privativa de la libertad
- Ley 27.372art. 12 inc. d · Ley de derechos y garantias de las personas victimas de delitos
- Decreto 344/08art. 39 (Anexo IV)
- Constitución Nacionalart. 18
- Acordada CSJN AC. 10/2025
Fallos que cita
- Incidente de ejecución n° 611 "Carmona, Gerardo Justino"TOCF San Martín · 30/12/2012
- Internas CPF IV s/habeas corpusCFCP Sala I · 06/05/2019
- López, Rafael Arturo s/recurso de casaciónCFCP Sala I · 20/12/2019
- Fallos 303:449CSJN
- Fallos 303:888CSJN
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