Legajo Nº 1 - IMPUTADO: ROSALEZ, DIEGO JONATAN s/LEGAJO DE CASACION
La Cámara Federal de Casación Penal declaró inadmisible el recurso de casación e inconstitucionalidad interpuesto por la defensa de Diego Jonatan Rosalez contra la denegatoria de libertad condicional fundada en el art. 56 bis inc. 10 de la ley 24.660. El tribunal, por mayoría, sostuvo que la defensa no formuló una crítica razonada que conmoviera lo decidido, y remitió a la doctrina plenaria Tobar Coca.
¿Quién es el actor?
Defensa pública oficial de Diego Jonatan Rosalez (recurrente).
¿A quién se demanda?
Juez de ejecución del Tribunal Oral en lo Criminal Federal de Santa Fe, que había rechazado el planteo de inconstitucionalidad de los arts. 14 inc. 10 del Código Penal y 56 bis de la ley 24.660 y denegado la libertad condicional.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Declaración de inconstitucionalidad de las normas citadas y concesión de la libertad condicional al condenado, por afectación de los principios de reinserción social, igualdad ante la ley y progresividad de la pena.
¿Qué se resolvió?
Por mayoría, la Cámara declaró inadmisible el recurso de casación e inconstitucionalidad, con costas, y tuvo presente la reserva del caso federal. La decisión recurrida quedó así firme.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Si bien la impugnación ha sido interpuesta en término, por quien tiene legitimación para recurrir y se dirige contra una de las resoluciones mencionadas en el art. 491 del CPPN, ello no es suficiente para habilitar esta instancia (arts. 459 y 463, CPPN)." (voto del juez Petrone)
"En ese sentido, se ha limitado a invocar la errónea aplicación de la ley sustantiva, la inconstitucionalidad de la normativa aplicada y defectos de fundamentación en la resolución impugnada, a partir de una discrepancia sobre la interpretación de las circunstancias concretas del caso y los motivos que el a quo consideró relevantes para rechazar el planteo efectuado." (voto del juez Petrone)
"DECLARAR como DOCTRINA PLENARIA que resultan compatibles con el régimen de progresividad de la pena, con el principio de igualdad ante la ley y el principio de razonabilidad de los actos de gobierno los artículos 14 del Código Penal y 56 bis de la ley 24.660 (así como otras disposiciones concordantes en la materia) en cuanto estipulan que no corresponde conceder los beneficios allí referidos a quienes fueran condenados en orden a los delitos previstos en los arts. 5º, 6º y 7º de la ley 23.737 o a la que en el futuro la reemplace" (plenario "Tobar Coca", citado en el voto del juez Petrone).
"...la resolución adoptada por el a quo cuenta con los fundamentos necesarios y suficientes que impiden su descalificación como acto jurisdiccional válido..." (voto del juez Petrone)
¿Cómo votaron los jueces?
El juez Slokar, que lideraba el acuerdo inicial, propuso sustanciar el recurso conforme el art. 465 bis del CPPN, sin anticipar criterio. Esa propuesta quedó en minoría y no constituye la decisión del tribunal.
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Normas que cita
- Ley 24.660arts. 56 bis inc. 10, 56 quáter · Pena privativa de la libertad
- CPart. 14 inc. 10
- Ley 23.737arts. 5, 6, 7 · Modificacion al codigo penal
- CPPNarts. 444, 459, 463, 465 bis, 491, 530
- Acordada CSJN 10/2025
- Ley 24.050art. 10 · Justicia nacional
Fallos que cita
- Tobar Coca, Néstor s/inaplicabilidad de leyCFCP Plenario Nº 16 · 08/04/2025
- Hilleshein, Gabriel Andrés s/ recurso de casaciónCFCP Sala I · 03/07/2025
- Álvarez, Brian Joel s/ recurso de casaciónCFCP Sala I · 03/07/2025
- Brazza, David Lisandro s/ recurso de casaciónCFCP Sala I · 18/07/2025
- Vergara, Jesús Ángel Adrián s/ recurso de casaciónCFCP Sala I · 14/04/2026
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