JurisprudenciaARG
Primera Instancia

FABRIS, LUCIANO DAVID c/ TOLCACHIR, DIEGO MARTIN Y OTROS s/DESPIDO

El actor reclamó indemnizaciones por despido y rubros salariales contra su ex empleadora, una cesionaria del contrato y el gerente general de esta última. El juzgado declaró nulo el acuerdo de desvinculación por no cumplir la formalidad del art. 241 LCT y condenó solo a Frimetal S.A. al pago de $17.956.624,28, rechazando la demanda contra Electrolux Argentina S.A. y Diego Martín Tolcachir.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO NACIONAL DE 1RA INSTANCIA DEL TRABAJO NRO. 24
Fuero
NACIONAL DEL TRABAJO
Jurisdicción
Nacional · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CNT 002776/2020
Despido Acuerdo extintivo nulo Art. 241 lct Cesion del contrato de trabajo Grupo economico Responsabilidad solidaria Prescripcion Base remuneratoria Beneficios sociales Dano moral discriminatorio.

¿Quién es el actor?

Luciano David Fabris.

¿A quién se demanda?

Electrolux Argentina S.A. (cedente), Frimetal S.A. (cesionaria) y Diego Martín Tolcachir (ex gerente general de Frimetal S.A.).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

indemnizaciones por despido (arts. 232, 233 y 245 LCT), incrementos de los arts. 1 y 2 de la ley 25.323, rubros de liquidación final, horas suplementarias, diferencias salariales por reducción injustificada de salario, daño moral por trato discriminatorio (ley 23.592), sanción del art. 132 bis LCT, multa del art. 275 LCT y responsabilidad solidaria de Electrolux (arts. 31 y 229 LCT) y de Tolcachir (ley 19.550).

¿Qué se resolvió?

el juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda. Condenó a Frimetal S.A. a pagar $17.956.624,28 con intereses. Rechazó la demanda contra Electrolux Argentina S.A. y Diego Martín Tolcachir. Declaró la prescripción de los créditos exigibles con anterioridad al 17/06/2017, rechazó las horas suplementarias y las diferencias salariales, el daño moral, el art. 132 bis y el art. 275 LCT, e hizo lugar a la indemnización del art. 45 ley 25.345 por falta de entrega de certificados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre la validez del acuerdo extintivo: "Como consecuencia de lo expuesto, y frente a la orfandad probatoria que demuestre que el acto extintivo se haya formalizado conforme lo prevé la norma, habré de declarar la nulidad del acuerdo arribado entre las partes el 13/6/2018 (...), pues se trata un acto simulado que en definitiva encubrió un despido directo sin justa causa (conf. arts. 11, 12, 14 y 241 LCT)." Se explicó que "la mera certificación notarial de las firmas no convierte, por sí sola, al instrumento privado en una escritura pública".

Sobre la responsabilidad de Electrolux: "la demanda interpuesta respecto de ELECTROLUX ARGENTINA S.A., debe ser desestimada". Se señaló que no se acreditó la configuración de un grupo económico (art. 31 LCT) y que "los incumplimientos que se produzcan con posterioridad (...) estarán al exclusivo cargo del cesionario".

Sobre la remuneración: se fijó la mejor remuneración en $386.084, incluyendo el teléfono celular ($800) y excluyendo la prepaga, la tarjeta corporativa y el proporcional de bono anual, con el argumento de que la cobertura médica constituye un beneficio social no remuneratorio (art. 103 bis LCT y decreto 137/1997).

Sobre el daño moral: "no resulta factible considerar discriminatorio en los términos del art. 1 de la ley 23.592 a cualquier decisión rupturista adoptada sin justa causa".

Sobre las costas: se impusieron a Frimetal S.A., salvo las de Electrolux y Tolcachir, que se declararon por su orden.

Normas que cita

  • Ley 20.744arts. 241, 232, 233, 245, 31, 229, 256, 257, 260, 275, 80, 103, 103 bis, 105, 132 bis, 9, 11, 12, 14 · Ley de contrato de trabajo
  • Ley 25.635art. 7 · Sistema proteccion de las personas discapacitadas
  • Ley 14.546art. 4
  • Ley 25.323arts. 1, 2 · Contrato de trabajo
  • Ley 25.345art. 45 · Prevencion de la evasion fiscal
  • Ley 23.592art. 1 · Ejercicio de derechos y garantias constitucionales
  • Ley 19.550Sociedades comerciales
  • Ley 27.802art. 55 · Ley de modernizacion laboral
  • Ley 27.423arts. 15, 16, 21, 51, 58, 61 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • Ley 24.635art. 7 · Instancia obligatoria de conciliacion laboral
  • CCyCNarts. 2541, 726, 1255 · Codigo civil y comercial de la nacion
  • CPCCNarts. 68, 71, 377, 386, 477 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Decreto 146art. 1
  • Decreto 137
  • Constitución Nacionalarts. 14 bis, 17

Fallos que cita

  • Sánchez, Carlos Gabriel c/ Metlife Seguros de Vida SACNAT Sala I · 13/03/2013
  • Fernández, Carlos Horacio c/ Transporte Sargento CabralCNAT Sala II · 29/05/2009
  • Pérez, Aníbal Raúl c/ Disco S.A.CNAT Sala III · 10/10/2007
  • Copolechio, Daniel Julio c/ Elvetium S.A.CNAT Sala X · 16/08/2005
  • Ramenzoni, Eduardo A. y otros c/ Sociedad Anónima La RazónCNAT Sala III · 18/10/1988
  • Sansin, Eduardo Milton c/ Centro Médico del Sud SRLCNAT Sala III · 19/01/1989
  • Kraus, Fernando O. c/ Gas del EstadoCNAT Sala III · 29/12/1995
  • Beherengaray Calvo, Gastón Enrique c/ Gameloft Argentina SACNAT Sala II · 10/09/2019
  • Toledo, Lorena Alicia c/ Securitas Argentina SACNAT Sala IX · 18/10/2019
  • Novillo Linares, Carlos María c/ Assistance Argentina SACNAT Sala I · 22/12/2010
  • Uznicky, Lorena Esther c/ Orígenes AFJP SACNAT Sala II · 03/02/2010
  • Balduzzi, Carlos L c/ ABB S.A.CNAT Sala IV · 14/08/2014
  • TulosaiCNAT Plenario · 19/11/2009
  • Compañía General de Combustibles S.A.CSJN · 16/06/1993

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.