MONTERO, CLAUDIO FERNANDO c/ PREVENCION ART S.A. s/RECURSO LEY 27348
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (Sala IX) modificó parcialmente la sentencia de grado en un reclamo por accidente de trabajo contra Prevención ART S.A., dejando sin efecto la tasa pura del 6% anual y ordenando calcular los acrecidos conforme al Decreto 669/19. Asimismo, reordenó las costas y los honorarios de primera instancia.
¿Quién es el actor?
Claudio Fernando Montero.
¿A quién se demanda?
Prevención ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
indemnización por accidente de trabajo ocurrido el 12 de junio de 2023 (Ley 24.557 y Ley 27.348), con capital de condena de $2.157.471,76 calculado sobre un IBM de $647.137,15.
¿Qué se resolvió?
la Cámara modificó la sentencia de primera instancia en cuanto a los acrecidos del capital de condena, dejando sin efecto la tasa pura del 6% anual y disponiendo que se apliquen las pautas del Decreto 669/19 (ajuste por RIPTE e interés según art. 12 inc. 3 de la Ley 24.557 modificada, y luego la tasa activa del Banco Nación). Confirmó lo demás que decide. Dejó sin efecto costas y honorarios de origen, impuso las costas de primera instancia a la demandada, reguló honorarios de primera instancia (22% actora, 20% demandada, 8% perito médico) sobre capital más intereses, impuso las costas de alzada en el orden causado y reguló honorarios de alzada en el 20% para cada parte letrada sobre lo que les corresponda por la sede de origen.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"A partir del criterio mayoritario expresado recientemente en 'CNAT 18271/2023 "FERNANDEZ JOSE LUIS C/ GALENO ART S.A. S/ RECURSO LEY 27.348"', a cuyos argumentos me remito, y dado lo expresamente normado en su art. 3º -y en consonancia con el art. 7 del CCyCN-, corresponde la aplicación del Decreto 669/19, en aquellos supuestos en los que el accidente o la primera manifestación invalidante de una enfermedad profesional, hubieren tenido lugar bajo la vigencia de la ley 27348."
"En tal entendimiento, considero que las previsiones del Decreto 669/19 –en cuanto introducen una modalidad de ajuste vinculada al coeficiente del índice RIPTE– resultan compatibles con el principio de reparación integral y con las facultades que el art. 11 de la Ley 24.557 confiere al Poder Ejecutivo Nacional para adecuar las prestaciones dinerarias en función de la evolución económica general."
"Cabe aclarar que, a los efectos del cálculo indicado, corresponde estar a la única aplicación jurídicamente posible del plexo normativo en cuanto se refiere a los acrecidos, lo cual descarta las previsiones contenidas en la Resolución 1039/19 de la SSN..."
Respecto del IBM, el voto recuerda que corresponde estar a la doctrina de "Espósito, Dardo Luis c/ Provincia ART S.A. s/ Accidente – Ley especial" (CSJN, 7/6/2016) y rechaza el cálculo del VMIB propuesto por la actora.
Pesino adhiere al primer voto, dejando asentada su postura disímil en "VIA LAPRIDA" (CNAT Sala VIII) por razones de orden institucional y economía procesal.
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Normas que cita
- Ley 24.557arts. 11, 12 · Ley de riesgos del trabajo
- Ley 27.348art. 3 · Riesgos del trabajo
- Decreto 669
- CCyCNarts. 7, 770, 1255 · Codigo civil y comercial de la nacion
- CPCCNarts. 68, 279, 132 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
- Ley 18.345art. 38 · Organizacion y procedimiento
- Ley 26.685Justicia
- Decreto 157
- Resolución 1039
- Resolución 332
- Acordada 38/13
- Acordada 11/14
- Acordada 3/15
Fallos que cita
- Espósito, Dardo Luis c/ Provincia ART S.A. s/ Accidente – Ley especialCSJN · 07/06/2016
- Fernandez, José Luis c/ Galeno ART S.A. s/ Recurso ley 27.348CNAT Sala IX
- Francisco Costa e Hijos Agropecuaria c/ Provincia de Buenos Aires s/ daños y perjuiciosCSJN · 12/09/1996 · Fallos 319:1915
- Establecimiento Las Marías SACIFA c/ Misiones Provincia s/ Acción declarativaCSJN · 04/09/2018 · Fallos 341:1063
- Via Laprida, Gerardo Pablo y otro c/ Perasso, Martín Ignacio y otros s/ despidoCNAT Sala VIII · 20/03/2026
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