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Cámara de Apelaciones

MOREYRA MARCELO Y OTROS c/ MINISTERIO DE SEGURIDAD s/PERSONAL MILITAR Y CIVIL DE LAS FFAA Y DE SEG

La demanda de inconstitucionalidad del Decreto 679/97 que elevó los aportes previsionales del personal de Gendarmería fue admitida, y la Cámara confirmó ese punto por aplicación del precedente Pino de la CSJN. Además, la Sala revocó el plazo de cumplimiento de la condena y ordenó a la demandada efectuar la previsión presupuestaria conforme a la Ley 23.982.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CAMARA FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL - SALA 2
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 038590/2024/CA001
Decreto 679/97 Inconstitucionalidad Aportes previsionales Gendarmeria nacional Decreto-ley 22.788 Facultades delegadas (art. 99 inc. 3 cn) Precedente pino Prescripcion bienal Plazo de cumplimiento Ley 23.982.

¿Quién es el actor?

Marcelo Moreyra y otros.

¿A quién se demanda?

Ministerio de Seguridad (Gendarmería Nacional).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

declaración de inconstitucionalidad del Decreto 679/97 y cese de los descuentos previsionales practicados sobre sus haberes.

¿Qué se resolvió?

la Cámara confirmó la sentencia de grado en cuanto declaró la inconstitucionalidad del Decreto 679/97 y dispuso el cese de los descuentos. Confirmó también la desestimación de la prescripción y la imposición de costas a la demandada vencida. Revocó el plazo de cumplimiento y ordenó a la demandada efectuar la previsión presupuestaria y acreditarla en autos, conforme a la normativa de cancelación de créditos contra el Estado. Reguló honorarios de la representación letrada de la actora en el 30% de lo que le corresponda en la instancia anterior, más IVA si correspondiera.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Ahora bien, si bien esta Sala ha sostenido la validez constitucional tanto del Decreto-Ley 22.788 como del Decreto 679/97, no puede soslayarse que la Corte Suprema de Justicia de la Nación se ha pronunciado respecto de las normas aquí cuestionadas en los autos 'Pino, Seberino y otros c/ Estado Nacional - Ministerio del Interior s/ Personal Militar y Civil de las Fuerzas Armadas y de Seguridad', sentencia del 7 de octubre de 2021."

"La Corte Suprema, por mayoría, sostuvo que los fundamentos invocados por el Poder Ejecutivo Nacional para justificar el ejercicio de las facultades previstas en el artículo 99, inciso 3, de la Constitución Nacional revelaban, en realidad, la voluntad de modificar de manera permanente el sistema previsional de la Gendarmería Nacional mediante el dictado del decreto impugnado."

"En tales condiciones, y conforme las pautas fijadas en el precedente 'Verrocchi' (Fallos: 322:1726), no se encontraban satisfechos los recaudos constitucionales necesarios para el ejercicio legítimo, por parte del Presidente de la Nación, de facultades legislativas que, en principio, le son ajenas."

"En este orden de ideas, razones de economía procesal aconsejan aplicar la referida doctrina a fin de evitar un dispendio jurisdiccional innecesario. Ello así, en lo que respecta al Decreto 679/97, corresponde confirmar el pronunciamiento apelado."

"Por tales motivos, corresponde desestimar el agravio sobre este aspecto [prescripción]."

Normas que cita

  • Decreto 679
  • Decreto-ley 22.788
  • Ley 23.627art. 2 · Jubilaciones y pensiones
  • Ley 23.982art. 22 · Deuda publica
  • Ley 11.672art. 170 · Permanente de presupuesto
  • Ley 27.423art. 30 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • CPCCNart. 68 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Constitución Nacionalart. 99
  • Ley 22.788

Fallos que cita

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