IRIGOYEN DANIEL JULIAN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor, beneficiario de una jubilación otorgada bajo la ley 24.241, reclamó el reajuste de su haber previsional por falta de movilidad, actualización de la PBU y cuestionamientos de constitucionalidad de diversas normas de la ley 24.463 y 24.241. El Juzgado Federal de la Seguridad Social Nº 4 hizo parcialmente lugar a la demanda, dejó sin efecto la resolución impugnada, ordenó recalcular el haber y el retroactivo, y diferió el tratamiento de las inconstitucionalidades para la etapa de ejecución.
¿Quién es el actor?
Irigoyen, Daniel Julián.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste del haber previsional (recálculo de la PBU, PC y PAP, movilidad del haber) y declaración de inconstitucionalidad de diversos artículos de las leyes 24.241 y 24.463.
¿Qué se resolvió?
el Tribunal hizo parcialmente lugar a la demanda, dejó sin efecto la resolución impugnada y ordenó a ANSeS abonar, dentro de 120 días hábiles desde que la sentencia quede firme, el haber recalculado y el retroactivo conforme las pautas del fallo. Difirió para la ejecución el tratamiento de las inconstitucionalidades planteadas, impuso las costas a la demandada y difirió la regulación de honorarios de la representación letrada de la actora para la etapa de ejecución.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Es una máxima básica de la seguridad social que el Estado garantice al beneficiario el mantener el nivel de vida alcanzado durante la etapa laboral y no llevar los haberes a una desproporción de naturaleza arbitraria y confiscatoria."
"Si la ley autoriza a realizar voluntariamente aportes mayores al mínimo exigido a fin de lograr una situación de mayor estabilidad económica y tranquilidad durante la vejez, ese esfuerzo debe verse reflejado obviamente en el monto del haber, pues de lo contrario la norma respectiva resultaría violatoria de las garantías constitucionales previstas en los arts. 14 bis y 17, al impedir que el haber previsional conserve su naturaleza sustitutiva."
En consecuencia, el haber inicial se redetermina considerando la totalidad de los años con aportes acreditados, actualizados por el organismo previsional, siguiendo la doctrina de "Volonté" y "Makler".
Respecto de la PBU, el Tribunal indicó que su incidencia confiscatoria (superior al 15%) se analizará en la ejecución, aplicando como unidad de actualización el índice del fallo "Badaro" (2002-2006) y los aumentos posteriores de ley, conforme el criterio de las Salas de la Cámara Federal de la Seguridad Social.
Sobre el tope de la PC del art. 26 de la ley 24.241 y el tope del art. 9 y 25, se declaró su inaplicabilidad en la medida en que produzcan una merma confiscatoria superior al 15% (en el caso del art. 26) y se aplicó "Gualtieri" respecto del tope a las remuneraciones actualizadas, por tratarse de un exceso reglamentario de la Resolución SSS 3/2021.
Las restantes inconstitucionalidades se difirieron o no se trataron por falta de acreditación de perjuicio concreto y por el carácter genérico del planteo, conforme "Moño Azul S.A.". Se señaló que la declaración de inconstitucionalidad es "última ratio del orden jurídico".
Los intereses se liquidarán según la tasa pasiva promedio mensual del Banco Central, y las costas se imponen a la demandada conforme "Morales, Blanca Azucena".
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 24.241arts. 9, 14, 20, 21, 24, 25, 26, 30 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463arts. 9, 22 · Solidaridad previsional
- Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 26.417Prestaciones previsionales
- Ley 27.609art. 4 · Indice de movilidad jubilatoria
- Ley 27.423arts. 2, 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 26.198Presupuesto general de la administracion nacional
- Ley 27.426Reforma previsional
- Ley 27.541Emergencia publica
- Decreto 1346
- Decreto 279
- Resolución 6art. 14
- Resolución 3art. 4
- Resolución 955
- Constitución Nacionalarts. 14 bis, 17
Fallos que cita
- Badaro, Adolfo ValentínCSJN · 26/11/2007
- Actis Caporale, LaureanoCSJN · 19/08/1999 · Fallos 323:4216
- Quiroga, Carlos Alberto c/ AnsesCSJN · 11/11/2014
- Villanustre, Raúl FélixCSJN · 17/12/1991
- Pellegrini, Américo c/ ANSeSCSJN · 28/11/2006
- Makler, Simón c/ ANSeSCSJN · 20/05/2003
- VolontéCSJN · 28/03/1985
- Badaracco, ZulemaCSJN · 06/07/2004
- Carstens, HaydeeCSJN · 20/08/2008
- Neuberger, EricoCSJN · 30/09/2008
- Gualtieri, Alberto c/ ANSeSCSJN · 11/04/2017
- Blanco, Lucio Orlando c/ AnsesCSJN
- Benoist, Gilberto c/ AnsesCSJN · 12/06/2018
- Morales, Blanca Azucena c/ AnsesCSJN · 22/06/2023
- Moño Azul S.A.CSJN · Fallos 316:687
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.