SANSALONE MARIA ANGELA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora reclamó el reajuste de su haber previsional otorgado bajo la ley 24.241 y la declaración de inconstitucionalidad de diversos topes normativos. El Juzgado hizo lugar parcialmente a la demanda, ordenó a la ANSeS recalcular el haber según las pautas fijadas, declaró inconstitucional el artículo 14.2 de la Resolución SSS 6/09 y difirió para la ejecución el tratamiento de la ley 27.609 y de otras inconstitucionalidades.
¿Quién es el actor?
María Angela Sansalone.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste de los haberes previsionales otorgados en el marco de la ley 24.241, con impugnación de la constitucionalidad de normas atinentes a su cálculo.
¿Qué se resolvió?
"Hago lugar parcialmente a la demanda interpuesta, en particular sobre los topes tratados y, en consecuencia, ordeno a la A.N.Se.S. a que en el plazo de ciento veinte días desde que exista sentencia firme en autos… proceda en la forma aquí dispuesta." Los haberes modificados deberán abonarse en ese mismo plazo; los intereses se fijan conforme la tasa pasiva promedio mensual capitalizable del Banco Central de la República Argentina; se difiere el tratamiento de la ley 27.609 para la etapa de ejecución; se difieren las restantes inconstitucionalidades a lo expresado en los considerandos; las costas se imponen a la ANSeS (art. 36 ley 27.423) y se regulan honorarios de la Dirección Letrada de la parte actora en el 15% del importe del crédito, más IVA si corresponde, con mínimo de 15 UMA.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Sobre la prescripción: "hago lugar a la misma para el caso de existir sumas en favor del reclamante, desde los dos años anteriores a la interposición del reclamo administrativo, que concluyó en la resolución que en este proceso se impugna, dejando a salvo desde ya que su límite sea la fecha de adquisición del beneficio."
Sobre la actualización de remuneraciones: "Bajo estos términos ratifico su constitucionalidad, toda vez que el Congreso tiene la facultad de determinar los índices que considere más beneficiosos para efectuar la actualización de las remuneraciones tenidas en cuenta para la determinación del haber, de acuerdo a las circunstancias económicas y sociales imperantes en cada momento."
Sobre la ley 27.609: "debe estarse a las disposiciones de la ley 27.609 -art. 4- que contempla las pautas de actualización que habrán de tenerse en cuenta para la determinación del haber inicial." Y se difiere su tratamiento de inconstitucionalidad para la ejecución, "con la limitación de quedar operativa cuando exceda el 15% del incremento como es de estilo."
Sobre el tope del art. 9 inc. 3 de la ley 24.463: se aplicará, si el haber redeterminado supera el máximo, lo establecido en el precedente "Actis Caporale".
Sobre el tope del art. 9 de la ley 24.241 (aportes): no corresponde declarar su inconstitucionalidad, con cita de "Gualtieri Alberto c/ ANSeS" (CSJN, 11/4/2017).
Sobre la prestación compensatoria (art. 26 ley 24.241): se difiere su tratamiento a la liquidación, siendo operativa la inconstitucionalidad si la merma supera el 15%.
Sobre el art. 14.2 de la Resolución SSS 6/09: "Es evidente que la resolución cuestionada, al establecer un tope a las actualizaciones de las remuneraciones, excede la facultad reglamentaria… y lo declaró inconstitucional en este acto."
Sobre las costas: se declara la inconstitucionalidad del art. 36 de la ley 27.423 en cuanto dispone el orden causado, siguiendo "Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS".
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Normas que cita
- Ley 24.241arts. 9, 24, 25, 26 · Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
- Ley 24.463art. 9 inc. 2 y 3 · Solidaridad previsional
- Ley 26.417art. 4 · Prestaciones previsionales
- Ley 27.426art. 3 · Reforma previsional
- Ley 27.609art. 4 · Indice de movilidad jubilatoria
- Ley 27.423art. 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
- Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- CCyCNart. 1255 · Codigo civil y comercial de la nacion
- Resolución SSS 6/2009art. 14.2
- Decreto 274/24
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