JurisprudenciaARG
Primera Instancia

CHAO ERNESTO CESAR c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó el reajuste de su haber previsional y la declaración de inconstitucionalidad de las leyes 26417, 27426, 27541 y 27609. El Juzgado admitió la excepción de cosa juzgada respecto de la cuestión ya resuelta en un proceso anterior y rechazó la inconstitucionalidad planteada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
JUZGADO FEDERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL 8
Fuero
FEDERAL DE SEGURIDAD SOCIAL
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
CSS 055514/2025
Cosa juzgada Excepcion de cosa juzgada Redeterminacion haber inicial Movilidad jubilatoria Inconstitucionalidad Ley 26417 Ley 27426 Ley 27541 Ley 27609 Reajuste previsional

¿Quién es el actor?

Ernesto Cesar Chao.

¿A quién se demanda?

ANSES.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

redeterminación del haber inicial de los servicios dependientes y reajuste del beneficio de jubilación adquirido al amparo de la ley 24.241, con aportes dependientes; declaración de inconstitucionalidad de las leyes 26417, 27426, 27541 y 27609.

¿Qué se resolvió?

se admitió la excepción de cosa juzgada respecto de la cuestión decidida en la sentencia previa del mismo juzgado (Expte. N° 80589/2014, sentencia del 23-03-2017, que ordenó la redeterminación del haber inicial y reconoció la movilidad desde el 01-01-2002 con el índice del fallo "Badaro"); se rechazó la demanda en cuanto pedía la inconstitucionalidad de las leyes 26417, 27426, 27541 y 27609; se declaró abstracta la excepción de prescripción; costas por su orden; honorarios regulados en $ 529.955 (5 UMAS).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Sabido es que la cosa juzgada no sólo alcanza a todas las cuestiones planteadas y debatidas en un proceso, y expresamente decididas por los jueces, sino que abarca, incluso, aquéllas que, pudiendo haber sido propuestas, y no lo fueron; cubre lo aducido y lo aducible".

"…resulta de aplicación lo dispuesto por el art. 347 del C.P.C.C.N., última parte, que establece que la existencia de cosa juzgada podrá ser declarada aún de oficio, en cualquier estado de la causa… la sentencia se halla firme y consentida por las partes, por lo que ha pasado en autoridad de cosa juzgada".

Sobre la ley 26417: "La sola invocación de ser la norma objetada violatoria de la Constitución Nacional, resulta insuficiente para obtener la declaración de inconstitucionalidad que se pretende, siendo menester invocar y demostrar en el caso concreto el perjuicio que ella apareja".

Sobre la ley 27426: "…no surge un perjuicio concreto que permita hacer lugar a lo solicitado… la declaración de inconstitucionalidad de una norma es un acto de suma gravedad institucional y debe ser considerada como la última ratio del orden jurídico (Fallos 249:51)". Respecto del art. 2, citando a la CSJN ("Fernandez Pastor"): "…no existió una aplicación retroactiva de la ley 27.426 cuando dispuso una nueva fórmula de movilidad que considera un período en el cual regía la ley 26.417".

Sobre la ley 27541: los índices "se encontraban suspendidos transitoriamente y sustituidos provisoriamente por los aumentos dispuestos por el decreto 163/2020… no acreditando un perjuicio concreto que permita hacer lugar a lo solicitado".

Sobre la ley 27609: "no surge un perjuicio concreto que permita hacer lugar a lo solicitado".

Normas que cita

  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
  • Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
  • Ley 26.417Prestaciones previsionales
  • Ley 27.426art. 2 · Reforma previsional
  • Ley 27.541Emergencia publica
  • Ley 27.609Indice de movilidad jubilatoria
  • Decreto 163
  • Decreto 1058
  • Ley 27.423art. 36 · Honorarios profesionales de abogados, procuradores y auxiliares de la justicia
  • CPCCNarts. 68, 347 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • CCarts. 730, 1255
  • Constitución Nacional

Fallos que cita

  • BadaroCSJN · 26/11/2007
  • Rocca, LicioCSJN · Fallos 311:495
  • Fernandez Pastor, Miguel Ángel c/ AnsesCSJN · 04/12/2025
  • Actis CaporaleCSJN
  • Poch Pereyra, Elena Beatriz c/ ANSeSCNSS SALA III · 05/08/2009
  • Méndez, Eduardo c/ Caja Nacional de PrevisiónCFSS SALA I · 29/05/1998
  • Cesar, Marcelo Anibal c/ INPSCFSS SALA III
  • Fallos 249:51CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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