MONZON DE GOMEZ NELIDA Y OTRO c/ PALACIOS ROBERTO Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS
La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario contra la decisión de la Suprema Corte bonaerense que había declarado mal concedido el recurso de inaplicabilidad de la ley en un reclamo de actualización monetaria de un crédito. La Corte sostuvo que la denegación sin fundamentación suficiente de la vía local, en un contexto de alta inflación, afectaba la garantía de defensa en juicio y dejó sin efecto la sentencia.
¿Quién es el actor?
Nélida Monzón de Gómez y otro.
¿A quién se demanda?
Roberto Palacios y otro.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
actualización monetaria del crédito reconocido en la sentencia de ejecución, con particular referencia al indicador del mes de julio de 1989.
¿Qué se resolvió?
procedencia de la queja y del recurso extraordinario; se deja sin efecto la sentencia apelada y se ordena dictar un nuevo pronunciamiento. Costas por el orden causado en los términos del art. 68 del CPCCN.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Los agravios del recurrente suscitan una cuestión federal que autoriza su consideración por la vía intentada, pues aunque las decisiones que declaran la improcedencia de los recursos deducidos ante los tribunales de la causa no justifican -como regla- el otorgamiento de la apelación extraordinaria, cabe hacer excepción a este principio cuando la decisión conduce a una restricción sustancial de la vía utilizada por el justiciable sin fundamentación idónea o suficiente, con menoscabo de la garantía de defensa en juicio consagrada en el art. 18 de la Constitución Nacional."
"La decisión del tribunal a quo padece un dogmatismo que resulta particularmente grave en las circunstancias del caso, pues por haberse planteado la cuestión atinente a los efectos cancelatorios del depósito judicial y el eventual reajuste del crédito en el momento en que la economía padeció con mayor agudeza -julio de 1989- un proceso hiperinflacionario, la fundada decisión del asunto requería una apreciación suficiente del soporte fáctico imperante."
"Al vedar el acceso a la instancia superior local sin hacerse cargo de las articulaciones contenidas en el recurso, la decisión apelada no traduce una apreciación razonada de los elementos conducentes para el examen de la procedencia formal de aquél, por lo que, al afectar de manera directa e inmediata las garantías constitucionales que se invocan como vulneradas (art. 15, ley 48), corresponde descalificar lo resuelto con arreglo a la doctrina de esta Corte en materia de arbitrariedad."
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Normas que cita
Fallos que cita
- Agostini, Silvia y otro c/ Medicor S.A.CSJN · 13/11/1990 · Fallos 313:748
- Agostini, Silvia y otro c/ Medicor S.A.CSJN · 13/11/1990 · Fallos 314:477
- Fallos 311:148CSJN
- Fallos 313:215CSJN
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