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Corte Suprema

EYRAS RAUL FRANCISCO c/ CAJA DE CREDITO VERSAILLES Y BANCO CENTRAL DE LA REPUBLICA ARGENTINA Y OTRO s/JUICIO DE CONOCIMIENTO

La Corte Suprema de Justicia de la Nación hizo lugar a la queja y revocó la sentencia que había reconocido la efectivización de la garantía del art. 56 de la ley 21.526 sobre un certificado de depósito a plazo fijo emitido por la Caja de Crédito Versailles. El tribunal sostuvo que no se cumplió el requisito de presentar la declaración jurada previsto por la ley y que existían graves irregularidades en la emisión del título.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
E. 8. XXXVI. RHE
Garantia de depositos Art. 56 ley 21.526 Declaracion jurada Certificado de deposito a plazo fijo Caja de credito versailles Cesion de credito Entidades financieras Recurso extraordinario Queja Irregularidades probatorias.

¿Quién es el actor?

Raúl Francisco Eyras, cesionario del crédito originalmente titularizado por Luis Alberto Korman.

¿A quién se demanda?

Banco Central de la República Argentina (con la Caja de Crédito Versailles como co-demandada).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

efectivización de la garantía establecida por el art. 56 de la ley 21.526 (texto según ley 22.051) respecto del certificado de depósito a plazo fijo nominativo intransferible 70711, emitido el 23 de noviembre de 1983.

¿Qué se resolvió?

la mayoría hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia apelada, con costas, ordenando remitir la causa al tribunal de origen para un nuevo pronunciamiento. El voto de Boggiano, en disidencia total, proponía confirmar la sentencia apelada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"[E]sta Corte ha establecido reiteradamente que la presentación de la declaración jurada que la ley menciona, es un requisito para la procedencia de la garantía que pretende hacerse valer (Fallos: 311:2746; 318:1516 y 1578, entre otros)."

"[E]n el sub lite no constituye un hecho controvertido que la Caja de Crédito Versailles formuló un expreso requerimiento a la actora para que presentara la declaración jurada a que alude el art. 56 de la Ley de Entidades Financieras, con carácter previo al cobro del certificado en cuestión… sin embargo, el señor Korman… no presentó esa declaración… En tales condiciones, al no cumplirse el mencionado requisito legal (art. 56 de la ley 21.526), no procede la garantía reclamada."

"[T]ampoco la sentencia impugnada se ha adecuado a las pautas interpretativas fijadas por esta Corte en Fallos: 319:823 pues, de acuerdo con ellas, no pudo restar relevancia a circunstancias tales como que el certificado… no estaba registrado en los libros contables de la entidad emisora, ni que tampoco el ingreso de los fondos para su constitución figura en la planilla de caja…"

Se enumeran irregularidades probatorias: el sello "Tesorería" no era el habitualmente utilizado por la depositaria; la firma no era atribuible a ningún funcionario; y existía un certificado con el mismo número (70711) en blanco y en existencia en el tesoro de la entidad al 30 de noviembre de 1983.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Fallos 311:2746CSJN
  • Fallos 318:1516CSJN
  • Fallos 319:823CSJN
  • Casares, Carlos Alberto c/ Banco Central de la República Argentina s/ cobro de pesosCSJN · 05/11/1996

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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