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Corte Suprema

PRESTACIONES MEDICO ASISTENCIALES S.A. s/AUTORIZACION

Prestaciones Médico Asistenciales S.A. solicitó autorización judicial para no transfundir sangre a un paciente testigo de Jehová. La Corte Suprema, por mayoría, dejó sin efecto la sentencia de Cámara que había negado legitimación al paciente para apelar, por afectar su derecho de defensa en juicio.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
P. 1. XXXII. REX
Transfusion de sangre Testigos de jehova Autonomia de la voluntad Derecho a disponer del propio cuerpo Libertad religiosa Legitimacion procesal Defensa en juicio Arbitrariedad de sentencias Caso judiciable Jurisdiccion voluntaria.

Demandante (solicitante): Prestaciones Médico Asistenciales S.A., explotadora del Sanatorio San Patricio.

¿A quién se demanda?

no hay demandado propiamente dicho; el paciente Osvaldo Pablo Zarrillo intervino como persona cuyos derechos estaban en juego.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

autorización judicial para no practicar transfusiones de sangre al paciente, quien por convicciones religiosas (Testigos de Jehová) se había negado por escrito a recibirlas, eximiendo de responsabilidad al nosocomio.

¿Qué se resolvió?

por mayoría, la Corte declaró admisible el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia de la Sala L de la Cámara, que había rechazado la apelación del paciente por falta de legitimación. Las actuaciones volvieron al tribunal de origen para dictar nuevo pronunciamiento. Los Dres. Moline O'Connor, Petracchi y Bossert votaron en disidencia, sosteniendo que la petición no constituye caso judiciable y que correspondía dejar sin efecto todo lo actuado.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...el traslado dispuesto por el juez de primera instancia... entrañó la incorporación al proceso del ahora recurrente..." (considerando 2°). "...el desconocimiento de la legitimación de aquél conculca de modo elemental la garantía consagrada en el art. 18 de la Constitución Nacional..." (considerando 7°). Vázquez agregó que "...la cámara omitió ponderar que el juez le había conferido traslado de la petición de la actora, lo cual, independientemente de la actitud que entonces adoptó aquél, importó su incorporación al proceso y el reconocimiento de su condición de parte en él."

¿Cómo votaron los jueces?

"...la petición formulada por Prestaciones Médico Asistenciales S.A. es manifiestamente ajena al cometido del Poder Judicial de la Nación... falta en autos uno de los requisitos fundamentales... tal es la existencia de 'controversias entre partes con intereses jurídicos contrapuestos'."

¿Cómo votaron los jueces?

"...la petición formulada... es en realidad una consulta a los órganos judiciales acerca de la legitimidad de su eventual actitud de hacer lugar a los deseos del paciente."

Normas que cita

  • Constitución Nacionalarts. 14, 18, 19, 116, 117
  • Ley 48arts. 2, 14, 16 · Justicia nacional
  • Ley 27art. 2
  • Ley 17.132art. 19 inc. 3
  • CPCCNart. 322 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Flota Mercante del EstadoCSJN · Fallos 215:492
  • Fallos 2:253CSJN
  • Fallos 28:404CSJN
  • Fallos 34:62CSJN
  • Fallos 52:432CSJN
  • Fallos 188:179CSJN
  • Fallos 277:363CSJN
  • Fallos 256:144CSJN
  • Fallos 308:2268CSJN
  • Transportes Automotores Chevallier S.A.CSJN · 17/11/1994
  • Fallos 310:606CSJN
  • Fallos 310:2812CSJN
  • Fallos 311:421CSJN
  • Fallos 312:1003CSJN
  • Fallos 314:1186CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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