SANTIAGO DEL ESTERO, PROVINCIA DE c/ GOBIERNO NACIONAL s/ACCION DE AMPARO
La Provincia de Santiago del Estero promovió acción de amparo ante la Corte Suprema, en instancia originaria, para que se declarara la inconstitucionalidad de diversas leyes dictadas por el interventor federal y se impidiera la retención de fondos de coparticipación. La Corte dio curso a la demanda por el proceso ordinario, pero rechazó la medida cautelar al considerar que no se acreditaron los presupuestos necesarios para la prohibición de innovar.
¿Quién es el actor?
Provincia de Santiago del Estero, representada por su gobernador.
¿A quién se demanda?
Gobierno Nacional.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
declaración de inconstitucionalidad e inaplicabilidad de las leyes 6032, 6138, 6024, 6025, 6073, 6119, 6125, 6136, 6142, 6194, 6196, 6212, 6214, 6215, 6221, 6229, 6239, 6240, 6244 y 6245, dictadas por el interventor federal, y nulidad de los endeudamientos derivados de ellas, con exigencia al Gobierno Nacional de asumir responsabilidad por esos actos.
Medida cautelar pedida: prohibición de innovar, para que el Gobierno Nacional se abstenga de retener o descontar fondos de coparticipación con motivo de esas leyes y créditos.
¿Qué se resolvió?
se corrió traslado de la demanda por proceso ordinario, con plazo de sesenta días, y se denegó la medida cautelar.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...no se encuentran dadas las mencionadas circunstancias toda vez que al tratarse de un problema atinente a la determinación de las órbitas de competencia entre los poderes del gobierno federal y los de un Estado provincial para cuya solución... parece poco compatible el régimen invocado y los mecanismos procesales previstos en la ley 16.986 (Fallos: 307:1379...)."
"La acción declarativa -que, al igual que el amparo, tiene una finalidad preventiva- es un medio plenamente eficaz y suficiente para satisfacer el interés de la actora."
"...pesa sobre quien las solicita la carga de acreditar prima facie la existencia de verosimilitud en el derecho invocado y el peligro irreparable en la demora..." (Fallos: 307:2267).
"...el Tribunal considera que no se configuran los presupuestos necesarios para acceder a la prohibición de innovar pedida."
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Normas que cita
- Constitución Nacionalart. 43
- Constitución (Provincial)arts. 42, 46
- Ley 16.986Amparo
- Ley 6032; 6138; 6024; 6025; 6073; 6119; 6125; 6136; 6142; 6194; 6196; 6212; 6214; 6215; 6221; 6229; 6239; 6240; 6244; 6245 (Santiago Del Estero)
Fallos que cita
- Antonio González S.A. c/ Mendoza, Provincia de s/ inconstitucionalidadCSJN · 09/12/1993
- Fallos 307:1379CSJN
- Fallos 306:2060CSJN
- Fallos 307:2267CSJN
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