JurisprudenciaARG
Corte Suprema

RIO DULCE SA COMPAÑIA FINANCIERA c/ FOGWILL RODOLFO ENRIQUE Y OTRO s/EJECUTIVO

El Banco de la Ciudad de Buenos Aires dedujo queja por apelación denegada tras la desestimación por falta de copia de la decisión denegatoria. El Procurador General opinó que el rigorismo formal afecta la defensa en juicio y que corresponde admitir la apelación federal y revocar la sentencia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
R. 1131. XXXIX. RHE
Queja por apelacion denegada Recurso extraordinario federal Rigorismo formal Defensa en juicio Debido proceso Emergencia economica Ley 25.561 Depositos judiciales en dolares Conversion a pesos Banco de la ciudad de buenos aires

Actor/Recurrente: Banco de la Ciudad de Buenos Aires.

Demandado/Contraparte: No surge identificada en el dictamen.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Conversión a pesos de depósitos judiciales constituidos en dólares estadounidenses, en el marco del régimen de emergencia (ley 25.561, decreto 214/02 y concordantes).

¿Qué se resolvió?

La Sala B de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial desestimó el recurso de queja por no haberse acompañado copia de la decisión denegatoria de la apelación (art. 283, inc. 11, CPCCN). El recurso extraordinario federal fue desestimado, dando lugar a la presente queja. El Procurador opina que corresponde declarar admisible la apelación federal y revocar la sentencia.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En mi parecer, el decisorio no se sustenta, toda vez que se incurre en él en un rigorismo formal, con agravios de imposible reparación ulterior, susceptible de lesionar las garantías de la defensa en juicio y el debido proceso (v. Fallos: 314:493; 318:1587, entre varios otros)."

"Y es que el pronunciamiento impugnado omite el estudio de cuestiones planteadas, de eminente naturaleza federal, en orden a la aplicación, inteligencia y regularidad constitucional de normas dictadas con motivo de la emergencia (ley n° 25.561, dec. n° 214/02 y concs.), a propósito de la conversión a pesos de los depósitos judiciales constituidos en dólares estadounidenses..."

"...las cuestiones en disputa, referidas a la aplicabilidad, interpretación y regularidad constitucional del régimen de emergencia respecto a los depósitos judiciales en moneda extranjera, y calidad de parte del apelante, guardan analogía substancial con las dictaminadas en autos 'EMM S.R.L. c/ Tía S.A.' (S.C. E. n° 68, L. XL), el 15/09/05..."

Normas que cita

  • Ley 25.561Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
  • Decreto 214
  • CPCCNart. 283 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • EMM S.R.L. c/ Tía S.A.CSJN · 15/09/2005
  • Pérsico, Luigi c/ Maffulli, Ciro y otroCSJN · 14/10/2004
  • Fallos 314:493CSJN
  • Fallos 318:1587CSJN

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