JurisprudenciaARG
Corte Suprema

EL BARRI JOSE ELIAS Y OTROS c/ ARIOTTI CARLOS ALBERTO Y OTRA Y OTRO s/EJECUCION HIPOTECARIA

El demandado cuestionó la desestimación de su queja por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, que había confirmado la inapelabilidad de la resolución que no hizo lugar a la suspensión del remate fundada en la ley 25.798. La Procuración General dictaminó que corresponde hacer lugar a la queja, declarar procedente el recurso extraordinario y devolver los actuados para nuevo pronunciamiento.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
E. 355. XLI. RHE
Ejecucion hipotecaria Remate Vivienda unica y familiar Sistema de refinanciacion hipotecaria Ley 25.798 Ley 25.908 Inapelabilidad Articulo 560 cpccn Recurso extraordinario Arbitrariedad Gravamen irreparable.

¿Quién es el actor?

el ejecutante (acreedor hipotecario), cuya identidad completa no surge del dictamen.

¿A quién se demanda?

el deudor ejecutado, quien solicitó la suspensión del remate invocando el ingreso al Sistema de Refinanciación Hipotecaria previsto en la ley 25.798 (modificada por la ley 25.908).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

la suspensión del remate de la vivienda única y familiar del deudor, ejecutada en un proceso de ejecución hipotecaria.

¿Qué se resolvió?

la Procuración General opina que corresponde hacer lugar a la queja, declarar procedente el recurso extraordinario y disponer que los autos vuelvan al tribunal de origen para un nuevo pronunciamiento conforme a lo expuesto en el punto III, o, alternativamente, que la Corte revoque la sentencia apelada en lo que fue materia de apelación. No se trata de una sentencia de la Corte sino de un dictamen. Por lo tanto, el resultado de la apelación en primera instancia (rechazo de la suspensión) no fue revisado en esta instancia, y el resultado de este recurso no está decidido.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...la circunstancia de referirse los agravios a cuestiones de hecho y de derecho común y procesal, ajenas -como regla y por naturaleza- a la instancia del artículo 14 de la ley 48, no resulta óbice para la apertura del recurso extraordinario cuando, con menoscabo del derecho de defensa en juicio y el de propiedad, lo decidido no constituye derivación razonada del derecho vigente con aplicación a los hechos comprobados en la causa (v. doctrina de Fallos: 326:3734; 327:183, entre otros)."

"...la Alzada no reparó que la situación en debate se encuentra dentro de las excepciones a la inapelabilidad contempladas por el artículo 560 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación. En efecto, por un lado, pues la inaplicabilidad del Sistema de Refinanciación Hipotecaria y la continuación del trámite de subasta, provocan al apelante agravios de insusceptible reparación en un juicio ordinario posterior (inc. 1°), y por otro, la decisión versa sobre puntos ajenos al ámbito natural del proceso..."

"...la elegibilidad del mutuo es resorte exclusivo del ente fiduciario, es decir del Banco de la Nación Argentina que, conforme a la constancia agregada a fs. 452, lo ha declarado elegible, circunstancia que la Alzada también omitió examinar en su pronunciamiento."

"...la decisión del Juez de grado de fs. 455 ... no se ajusta al texto de la norma, ya que la ley 25.798 (texto según ley 25.908), en su artículo 16°, inciso "d", expresa que ... el cumplimiento de la sentencia se suspende hasta que el fiduciario notifique al juzgado interviniente la no admisibilidad del mutuo."

El dictamen remite, además, a la opinión vertida en la causa S.C. G. N° 1360, L. XLI, donde se estimó que las leyes 25.798 y 25.908 son constitucionales.

Normas que cita

  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional
  • Ley 25.798arts. 3, 16 inc. d · Sistema de refinanciacion hipotecaria
  • Ley 25.908arts. 3, 16 inc. d · Sistema de refinanciacion hipotecaria
  • CPCCNarts. 544 inc. 4, 554 inc. 4, 560 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
  • Decreto 1284/03

Fallos que cita

  • Fallos 326:3734CSJN
  • Fallos 327:183CSJN
  • Montello, Ana c/ De Felice, Ana s/ Ejecución HipotecariaCNCiv
  • Guijun S.A. y otros c/ Wrubel Marta Ángela y otros s/ Ejecución hipotecariaCSJN · 13/06/2006

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