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Corte Suprema

ALVAREZ MOLINDI MARTA DIANA c/ CONCHESO ALVAREZ DE ZAPICO CELSA Y OTRO Y OTRO s/EJECUCION HIPOTECARIA

La Corte Suprema declaró procedente el recurso de queja interpuesto contra la denegación del recurso extraordinario en un litigio sobre la aplicación de normas de emergencia a obligaciones originariamente expresadas en moneda extranjera. El Tribunal consideró que los agravios podían involucrar cuestiones federales susceptibles de revisión en la instancia del art. 14 de la ley 48, y dispuso la suspensión de la ejecución.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
A. 1261. XXXIX. RHE
Recurso de queja Recurso extraordinario Art. 14 ley 48 Normas de emergencia Obligaciones en moneda extranjera Cuestion federal Ejecucion Suspension de procedimientos Procedencia prima facie Ley 48

¿Quién es el actor?

Marta Diana Alvarez Molindi.

¿A quién se demanda?

Celsa Concheso Alvarez de Zapico y José Antonio Zapico.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de una obligación, en el marco de un proceso de ejecución, cuya pretensión se vincula con obligaciones expresadas originariamente en moneda extranjera (DESCONOCIDO en cuanto al monto y la naturaleza precisa del crédito, por no surgir del texto).

¿Qué se resolvió?

se declaró procedente la queja, se suspendió el procedimiento de ejecución, se reintegró el depósito, se agregó la queja al principal y se libró oficio al Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 71.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que los argumentos expresados en el recurso extraordinario y mantenidos en la queja, en cuanto se relacionan con la aplicación de normas de emergencia respecto de obligaciones expresadas originariamente en moneda extranjera, podrían prima facie involucrar cuestiones de orden federal susceptibles de examen en la instancia del art. 14 de la ley 48, por lo que la queja es procedente, sin que esto implique pronunciamiento sobre el fondo del asunto (art. 285 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y doctrina de Fallos: 308:249; 317:1447; 323:813; 327:516 y causa P.1125.XLI. "Parrinello, Rosa Noemí c/ Hernández, Oscar Antonio" del 27 de septiembre de 2005)."

No hay votos en disidencia; la decisión es unánime.

Normas que cita

  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional
  • CPCCNart. 285 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Fallos 308:249CSJN
  • Fallos 317:1447CSJN
  • Fallos 323:813CSJN
  • Fallos 327:516CSJN
  • Parrinello, Rosa Noemí c/ Hernández, Oscar AntonioCSJN · 27/09/2005

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