SUPERINTENDENCIA DE RIESGOS DEL TRABAJO c/ LIBERTY ART SA s/DENUNCIA
La Corte Suprema declaró la nulidad de la resolución de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial que concedió el recurso extraordinario interpuesto por Liberty ART S.A., por carecer de fundamentación suficiente. El tribunal ordenó devolver los autos al tribunal de origen para que dicte una nueva decisión sobre la concesión del recurso.
¿Quién es el actor?
Superintendencia de Riesgos del Trabajo.
¿A quién se demanda?
Liberty ART S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Denuncia administrativa por la cual se impuso a Liberty ART S.A. una sanción administrativa, que luego fue reducida.
¿Qué se resolvió?
La Corte declaró la nulidad del auto de fs. 261 que concedió el recurso extraordinario y ordenó remitir las actuaciones al tribunal de origen para que dicte una nueva decisión sobre ese punto.
Antecedentes: La Sala D de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Comercial había revocado parcialmente la decisión de primera instancia, reduciendo la sanción impuesta a Liberty ART S.A. al monto de 200 AMOPRES (fs. 242/243). Liberty ART S.A. interpuso recurso extraordinario fundado en la arbitrariedad de la sentencia (fs. 246/254).
¿Cuáles son los fundamentos principales?
> "Que el a quo concedió el recurso extraordinario con la sola mención de que 'la cuestión podría acaso autorizar la tacha de arbitrariedad reprochada por la recurrente, y ello autoriza, en ese caso, a abrir la instancia excepcional' (fs. 261)."
> "Que conviene recordar sobre el punto que, si bien es esta Corte exclusivamente la que debe decidir si existe o no el mencionado supuesto, esto no releva a los órganos judiciales de resolver circunstanciadamente si la apelación federal, prima facie valorada, cuenta con fundamentos suficientes para dar sustento a la invocación de un caso excepcional, como lo es el de la arbitrariedad (Fallos: 323:1247; 325:2319)."
> "Que de ser seguida la orientación opuesta, el Tribunal debería admitir que su jurisdicción extraordinaria se viese, en principio, habilitada o denegada sin razones que avalen uno u otro resultado, lo cual irroga un claro perjuicio al derecho de defensa de los litigantes y al adecuado servicio de justicia de la Corte (Fallos: 323:1247; 325:2319)."
> "Que los términos sumamente genéricos del auto de concesión evidencian que la cámara no analizó circunstanciadamente... la apelación federal para poder efectuar la valoración a que obliga la doctrina citada precedentemente."
> "Que, en tales condiciones, la concesión del remedio federal con los escuetos términos transcriptos no aparece debidamente fundada, por lo que debe ser declarada su nulidad al no dar satisfacción a los requisitos idóneos para la obtención de la finalidad a la que se hallaba destinada."
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Normas que cita
- Constitución Nacional
Fallos que cita
- Fallos 323:1247CSJN
- Fallos 325:2319CSJN
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