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Corte Suprema

CAMPOS RAUL ROBERTO s/ABUSO SEXUAL CON ACCESO CARNAL CALIFICADO

La Procuración General dictaminó revocar la sentencia condenatoria dictada contra Raúl Roberto Campos por la Sala Penal de la Cámara de Apelaciones de Zapala, por corrupción agravada por el vínculo, en tanto los jueces que la dictaron habían intervenido previamente en la confirmación del procesamiento con prisión preventiva. Propone que el tribunal a quo responda la cuestión constitucional sobre imparcialidad y doble instancia.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 1420. XLI. REX
Recurso extraordinario federal Imparcialidad Doble instancia Corrupcion agravada por el vinculo Abuso sexual con acceso carnal Garantias constitucionales Procesamiento con prision preventiva Fallos 327:4432 Dictamen procuracion general.

¿Quién es el actor?

Ministerio Público / Estado (causa penal)

¿A quién se demanda?

Raúl Roberto Campos

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Imputación por abuso sexual con acceso carnal calificado; condena dictada por corrupción agravada por el vínculo, con pena de doce años de prisión, accesorias legales y costas.

¿Qué se resolvió?

La Procuración General opina que corresponde revocar el fallo impugnado para que el a quo responda la materia constitucional planteada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Advierte que la jurisdicción de la Corte quedó abierta solo en relación con el agravio sobre imparcialidad y doble instancia, dado que el recurso extraordinario fue concedido únicamente en ese punto y no se dedujo queja respecto de la valoración de hecho, prueba y derecho común.

Señala que la cuestión guarda sustancial analogía con la materia analizada en el precedente de Fallos: 327:4432.

Sostiene que, de acuerdo con la solución adoptada por el Tribunal en ese precedente, corresponde revocar el fallo impugnado a fin de que el a quo brinde una adecuada respuesta jurídica a la materia constitucional planteada.

Cita textual: "corresponde revocar el fallo impugnado a fin de que el a quo brinde una adecuada respuesta jurídica a la materia constitucional planteada."

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