VERDE GABRIEL ALBERTO c/ INSTITUTO DE EDUCACION INTEGRAL SAN PATRICIO S.R.L. Y OTRO s/ESCRITURACION
El actor Gabriel Alberto Verde promovió una acción en el marco de una ejecución en la que se discuten obligaciones expresadas originariamente en moneda extranjera. La Corte Suprema, por mayoría, declaró procedente la queja y dispuso la suspensión de los procedimientos de ejecución, sin pronunciarse sobre el fondo del asunto.
¿Quién es el actor?
Gabriel Alberto Verde.
¿A quién se demanda?
Instituto de Educación Integral San Patricio S.R.L.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso de hecho interpuesto por el Instituto San Patricio S.R.L. contra la denegación del recurso extraordinario dictada por la Sala M de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil, en un proceso de ejecución seguido ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N° 73.
¿Qué se resolvió?
Se declara procedente el recurso de queja y se dispone la suspensión de los procedimientos de ejecución. La Corte aclara que ello no implica pronunciamiento sobre el fondo del asunto.
¿Cómo votaron los jueces?
La Dra. Argibay desestima la presentación directa por considerar que el recurso extraordinario es inadmisible (art. 280 CPCCN) y da por perdido el depósito.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los argumentos expresados en el recurso extraordinario y mantenidos en la queja, en cuanto se relacionan con la aplicación de normas de emergencia respecto de obligaciones expresadas originariamente en moneda extranjera, podrían prima facie involucrar cuestiones de orden federal susceptibles de examen en la instancia del art. 14 de la ley 48, por lo que la queja es procedente, sin que esto implique pronunciamiento sobre el fondo del asunto (art. 285 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y doctrina de Fallos: 308:249; 317:1447; 323:813 y 327:516)."
Fundamento de la disidencia (transcripción textual): "Que el recurso extraordinario, cuya denegación origina la presente queja, es inadmisible (art. 280 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación)."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
Fallos que cita
- Fallos 308:249CSJN
- Fallos 317:1447CSJN
- Fallos 323:813CSJN
- Fallos 327:516CSJN
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.