GUILLOVET LUCRECIA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Corte Suprema rechazó el planteo de la actora y declaró parcialmente procedentes los recursos ordinarios en el reajuste previsional promovido contra la ANSeS. Confirmó la sentencia apelada remitiendo a los precedentes Spitale, Perletto y Badaro, y ordenó a la ANSeS cumplir lo resuelto.
¿Quién es el actor?
Lucrecia Guillovet, jubilada.
¿A quién se demanda?
ANSeS.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste de haberes previsionales (reajustes varios), incluyendo la tasa de interés aplicada, el plazo y modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste, la movilidad posterior al 31 de marzo de 1995 y la aplicación del precedente "Sánchez".
¿Qué se resolvió?
la Corte rechazó el planteo de fs. 120/120 vta., declaró parcialmente procedentes los recursos ordinarios, confirmó la sentencia apelada según lo resuelto en "Spitale" y dispuso que la ANSeS cumpla la parte consentida del fallo impugnado y lo resuelto en la presente.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Sobre la tasa de interés: "Los agravios de las partes dirigidos a impugnar la tasa de interés aplicada encuentran adecuada respuesta en Fallos: 327:3721 ('Spitale'), al que cabe remitir por razón de brevedad."
Sobre plazo y modalidades de cumplimiento: las objeciones de la demandada "resultan sustancialmente análogas a las resueltas en Fallos: 325:98 ('Perletto') y el recurrente no se hace cargo de ello, dado que en su memorial de agravios no realiza crítica alguna a lo sostenido en dicho antecedente."
Sobre movilidad posterior al 31 de marzo de 1995: los planteos "llevan a la consideración de temas sustancialmente análogos a los examinados en la causa B.675.XLI 'Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes varios', fallada el 8 de agosto pasado, cuyos fundamentos se dan por reproducidos."
Sobre los agravios vinculados con los arts. 16, 22 y 23 de la ley 24.463: "deben ser desestimados ya que no ha demostrado el perjuicio concreto y actual que las normas podrían haberle ocasionado."
Sobre el planteo tendiente a aplicar "Sánchez" (Fallos: 328:1602 y 2833), presentado fuera de término: "remite al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas por esta Corte en las causas A.1333.XXXVIII 'Andino' y C.617.XLI 'Cortiñaz', falladas el 9 de agosto de 2005, cuyos fundamentos se dan por reproducidos."
Los agravios de la ANSeS que "no se refieren a aspectos específicos de la sentencia cuestionada ... carecen del requisito de fundamentación."
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Normas que cita
- Ley 24.463arts. 16, 21, 22, 23 · Solidaridad previsional
- Ley 18.037art. 82 · Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
Fallos que cita
- SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
- PerlettoCSJN · Fallos 325:98
- BadaroCSJN · 08/08/2006
- SánchezCSJN · Fallos 328:1602
- Andino, Basilio Modesto c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 09/08/2005
- Cortiñaz, Susana Emilia c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 09/08/2005
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