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Corte Suprema

GALLARDO PEDRO DELICIO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Corte Suprema revocó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social en el reclamo de reajuste del haber previsional de Pedro Delicio Gallardo contra la ANSeS, y ordenó aplicar el criterio de movilidad fijado en los precedentes Sánchez y Badaro, confirmando además la tasa de interés según el precedente Spitale.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 736. XXXIX. ROR
Movilidad jubilatoria Reajuste de haber previsional Ley 23.928 Ley 24.463 Tasa de interes Precedente sanchez Precedente badaro Precedente spitale Anses Haber inicial

¿Quién es el actor?

Pedro Delicio Gallardo.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber previsional, en particular la movilidad aplicable en los períodos posteriores a la vigencia de la ley 23.928, y la tasa de interés.

¿Qué se resolvió?

la Corte revocó la sentencia apelada con el alcance que surge del fallo "Sánchez"; confirmó lo decidido en materia de intereses según el precedente "Spitale"; y dispuso que la ANSeS dé cumplimiento a la parte consentida del fallo impugnado y a lo resuelto, remitiéndose las actuaciones, que deberán ser devueltas al Tribunal a los fines indicados en la causa "Badaro" si la parte actora lo requiriese.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"11) Que contra la sentencia de la Sala I de la Cámara Federal de la Seguridad Social que ordenó un nuevo cálculo del haber inicial y su posterior movilidad, el actor y la demandada dedujeron sendos recursos ordinarios de apelación que fueron concedidos según el art. 19 de la ley 24.463."

"21) Que los planteos que se refieren a la movilidad que corresponde reconocer en los períodos posteriores a la vigencia de la ley 23.928, son similares a los que han sido examinados por el Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 328:1602 y 2833 ("Sánchez") y en la causa B.675.XLI. "Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes varios", fallada el 8 de agosto pasado, cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos."

"31) Que los agravios de la ANSeS relacionados con la tasa de interés, encuentran adecuada respuesta en el precedente publicado en Fallos: 327:3721 ("Spitale"), al que cabe remitir por razones de brevedad."

Normas que cita

Fallos que cita

  • SánchezCSJN · Fallos 328:1602
  • Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN
  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721

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