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Corte Suprema

GUTIERREZ PABLO MAURO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor, jubilado, reclamó el reajuste de su haber previsional contra la ANSeS. La Corte Suprema rechazó el planteo del titular, declaró parcialmente procedentes los recursos ordinarios de la ANSeS y confirmó la sentencia apelada conforme al precedente Spitale, ordenando al organismo cumplir lo resuelto.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
G. 131. XLI. ROR
Reajuste previsional Haber jubilatorio Tasa pasiva de interes Movilidad jubilatoria Ley 24.463 Anses Cumplimiento de sentencia Precedente spitale Precedente badaro Recurso ordinario

¿Quién es el actor?

Pablo Mauro Gutiérrez (titular del beneficio previsional).

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes varios del haber jubilatorio.

¿Qué se resolvió?

el Tribunal rechazó el planteo de fs. 149/149 vta., declaró parcialmente procedentes los recursos ordinarios deducidos, confirmó la sentencia apelada según lo resuelto en "Spitale" y dispuso que la ANSeS cumpla la parte consentida del fallo impugnado y lo resuelto en la presente, con remisión de las actuaciones y eventual devolución en los términos indicados en la causa "Badaro" si la parte actora lo requiriese.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre la tasa pasiva de interés: "los agravios del organismo previsional dirigidos a impugnar la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en Fallos: 327:3721 ('Spitale'), al que cabe remitir por razón de brevedad."

Sobre plazo y modalidades de cumplimiento: las objeciones de la demandada "resultan sustancialmente análogas a las resueltas en Fallos: 325:98 ('Perletto') y el recurrente no se hace cargo de ello, dado que en su memorial de agravios no realiza crítica alguna a lo sostenido en dicho antecedente."

Sobre el método de movilidad posterior al 31 de marzo de 1995: los planteos "llevan a la consideración de temas sustancialmente análogos a los examinados en la causa B.675.XLI 'Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes varios'".

Sobre los arts. 16, 22 y 23 de la ley 24.463: "deben ser desestimados ya que no ha demostrado el perjuicio concreto y actual que las normas podrían haberle ocasionado."

Sobre el planteo tardío fundado en "Sánchez" (Fallos: 328:1602 y 2833): "remite al examen de cuestiones sustancialmente análogas a las examinadas por esta Corte en las causas 'Andino' y 'Cortiñaz'", cuyos fundamentos se dan por reproducidos.

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 16, 22, 23 · Solidaridad previsional

Fallos que cita

  • SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
  • PerlettoCSJN · Fallos 325:98
  • BadaroCSJN · 08/08/2006
  • SánchezCSJN · Fallos 328:1602
  • AndinoCSJN · 09/08/2005
  • CortiñazCSJN · 09/08/2005

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