GUEVARA ELIDA ESCUDERO DE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Corte Suprema revocó la sentencia de la Cámara Federal de la Seguridad Social que había fijado la movilidad de los haberes de la actora, y ordenó a la ANSeS dar cumplimiento a lo resuelto, aplicando los precedentes Sánchez y Badaro sobre reajuste previsional. Confirmó además el criterio de intereses fijado en Spitale.
¿Quién es el actor?
Elida Escudero de Guevara.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios del haber previsional, incluyendo la movilidad de los haberes en períodos posteriores a la vigencia de la ley 23.928.
¿Qué se resolvió?
la Corte revocó la sentencia apelada en cuanto a la movilidad, con el alcance que surge del precedente "Sánchez"; confirmó lo decidido en materia de intereses conforme a "Spitale"; y dispuso que la ANSeS cumpla la parte consentida del fallo y lo resuelto en la presente, remitiéndose las actuaciones, que deberán ser devueltas al Tribunal a los fines indicados en "Badaro" si la actora lo requiriese.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Considerando 2°: "Que las objeciones que se refieren a la movilidad que corresponde reconocer en los períodos posteriores a la vigencia de la ley 23.928, son similares a los que han sido examinados por el Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 328:1602 y 2833 ("Sánchez") y en la causa B.675.XLI "Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes varios", fallada el 8 de agosto pasado, cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos."
Considerando 3°: "Que el planteo de inconstitucionalidad de los arts. 1, 2, 5, 9, 11, 16, 17, 22 y 23 de la ley 24.463 formulado por la titular, debe ser desestimado ya que resulta genérico y no ha demostrado el perjuicio concreto y actual que las normas impugnadas podrían haberle ocasionado."
Considerando 4°: "Que las cuestiones planteadas por la demandada, vinculadas con el plazo y las modalidades de cumplimiento de la sentencia de reajuste previsional, resultan sustancialmente análogas a las resueltas en Fallos: 325:98 ("Perletto") y la recurrente no se hace cargo de ello, dado que en su memorial de agravios no realiza objeción alguna a lo sostenido en dicho antecedente."
Considerando 5°: "Que los agravios relacionados con la tasa de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente publicado en Fallos: 327:3721 ("Spitale"), cuyos fundamentos se dan por reproducidos."
Considerando 6°: "Que los restantes cuestionamientos del organismo previsional no guardan adecuada relación con aspectos específicos de la sentencia impugnada, lo que impide su tratamiento."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 23.928Convertibilidad del austral
- Ley 24.463arts. 1, 2, 5, 9, 11, 16, 17, 22, 23, 19 · Solidaridad previsional
Fallos que cita
- SánchezCSJN · Fallos 328:1602
- Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN
- PerlettoCSJN · Fallos 325:98
- SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.