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Corte Suprema

DIVIESTI VICENTE c/ INPS-CAJA NAC DE PREV DE LA INDUSTRIA,COM Y A CT CIVILES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

Divieti promovió reclamo contra la ANSeS (INPS-Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles) por reajustes de su haber previsional. La Corte Suprema, por mayoría, admitió los recursos extraordinarios de la ANSeS, revocó las sentencias apeladas y reconoció la movilidad solo para el período entre el 11 de abril de 1991 y la vigencia de la ley 24241, conforme los precedentes Chocobar y Cordaro.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
D. 96. XXVI. RHE
Movilidad previsional Reajuste de haberes Ley 24241 Tasa de intereses Topes maximos Recurso extraordinario Anses Caja nacional de prevision Chocobar Cordaro

¿Quién es el actor?

Vicente Divieti y otros (causas acumuladas con Bueno, Calivares de Legrand, Dall'Orso, Iribarne, Jurewiez, León Borda, Torres y Zaccara).

¿A quién se demanda?

ANSeS / INPS-Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles y Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajustes y movilidad de haberes previsionales, tasa de intereses y sistema de topes máximos.

¿Qué se resolvió?

Por mayoría, se declararon procedentes los recursos extraordinarios de la ANSeS y se revocaron las sentencias en cuanto fueran materia de agravios. La movilidad se admitió solo por el período 11/04/1991 hasta la vigencia de la ley 24241, según "Chocobar" y "Cordaro". Los jueces Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert, en disidencia, se remitieron a sus votos en la causa citada.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

La Corte remite, por razón de brevedad, a las consideraciones de "Cordaro" (C.69.XXV, fallada el 13/03/1998), cuyas cuestiones son sustancialmente análogas. Respecto de la tasa de intereses, remite a los precedentes "Banco Sudameris" (Fallos: 317:507) y "Gil, Arnaldo Vicente" (G.602.XXVIII, 12/03/1996), con criterio concurrente adverso a la procedencia del recurso. Sobre el sistema de topes máximos, remite a "Del Azar Suaya" (Fallos: 320:2039) y "Beitía, Paulina Araceli" (B.386.XXVII, 31/10/1997).

Texto clave de la parte resolutiva: "el Tribunal por mayoría resuelve: con el alcance que surge de las consideraciones que anteceden, declarar procedentes los recursos extraordinarios deducidos por la ANSeS y revocar las sentencias en cuanto fueran materia de agravios."

Sobre la disidencia: "Los jueces Fayt, Belluscio, Petracchi y Bossert se remiten, en lo pertinente, a sus disidencias respectivas en la última causa mencionada." (Disidencia, no decisión del tribunal.)

Normas que cita

  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • Chocobar, Sixto CelestinoCSJN · Fallos 319:3241
  • Cordaro, Pascual c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios PúblicosCSJN · 13/03/1998
  • Gil, Arnaldo Vicente c/ INPS-Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios PúblicosCSJN · 12/03/1996
  • López, Antonio ManuelCSJN · Fallos 315:1209
  • Acopionor SACSJN · Fallos 317:585
  • Del Azar Suaya, AbrahamCSJN · Fallos 320:2039
  • Beitía, Paulina Araceli c/ INPS-Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades CivilesCSJN · 31/10/1997

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