DINAHET JOSE RENE c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor, jubilado de la ANSeS, reclamó el reajuste de su prestación por movilidad. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios de ambas partes, revocó lo decidido en materia de movilidad y declaró inconstitucional el art. 16 de la ley 24.463 en abstracto, ordenando a la ANSeS reajustar el haber según las pautas fijadas en Sánchez y Badaro.
¿Quién es el actor?
José René Dinahet, jubilado.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios de la prestación previsional por movilidad en períodos posteriores a la vigencia de la ley 23.928.
¿Qué se resolvió?
se declararon procedentes los recursos ordinarios del actor y de la demandada; se revocó lo decidido en cuanto a la movilidad, con el alcance del precedente "Sánchez" y la inconstitucionalidad del art. 16 de la ley 24.463; se remitieron las actuaciones a la ANSeS para reajustar la prestación según las pautas firmes; las costas y el recurso de la Fiscal General quedaron diferidos.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que habida cuenta de que el actor ha solicitado pronto despacho en razón de su avanzada edad y graves problemas de salud, corresponde atender a las razones humanitarias invocadas y decidir como en la causa de Fallos: 328:3097 ('Wittall'), a fin de posibilitar el cobro de sus acreencias, sin perjuicio de la posterior consideración por el Tribunal de las restantes cuestiones planteadas".
"Que los planteos del titular que se refieren a la movilidad que corresponde reconocer en los períodos posteriores a la vigencia de la ley 23.928, son similares a los que han sido examinados por el Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 328:1602 y 2833 ('Sánchez') y en la causa B.675.XLI. 'Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes varios', fallada el 8 de agosto pasado, cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos."
"Que respecto de los agravios de la ANSeS vinculados con el art. 16 de la ley de solidaridad previsional, no surge de la presente causa el perjuicio concreto ocasionado al actor, por lo que la declaración de inconstitucionalidad ha sido efectuada en abstracto y debe ser revocada sin perjuicio de las disposiciones de la ley 26.153."
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Normas que cita
- Ley 23.928Convertibilidad del austral
- Ley 24.463arts. 16, 21 · Solidaridad previsional
- Ley 26.153Solidaridad previsional
- CPCCNart. 499 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion
Fallos que cita
- WittallCSJN · Fallos 328:3097
- SánchezCSJN · Fallos 328:1602
- Badaro, Adolfo Valentín c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN
- Insúa, Vicente c/ INPS - Caja Nacional de PrevisiónCSJN · 11/07/1996
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