MONTENEGRO RAUL ALBERTO s/SU PRESENTACION
El recurrente Raúl Alberto Montenegro, condenado como coautor de homicidio en ocasión de robo agravado, presentó un recurso sin firma de letrado que el Tribunal Superior de Córdoba rechazó por extemporáneo. La Procuración General propone a la Corte declarar la nulidad de esa resolución por afectación de la defensa en juicio y ordenar la asistencia letrada previa.
Actor/Recurrente: Raúl Alberto Montenegro (condenado en la causa penal).
Demandado/Recurrido: Tribunal Superior de Justicia de la Provincia de Córdoba.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Recurso extraordinario in pauperis contra el auto que no dio trámite a su presentación informal, por la que pretendía recurrir la sentencia de la Cámara del Crimen de Undécima Nominación de Córdoba, que lo condenó como coautor del delito de homicidio en ocasión de robo agravado por uso de arma de fuego.
¿Qué se resolvió?
El tribunal provincial resolvió no dar trámite al escrito sin firma de letrado, por considerarlo extemporáneo y por no configurarse indefensión. La Procuración General recomienda que la Corte haga lugar a la queja, declare la nulidad de lo resuelto y ordene dar efectiva intervención a la defensa para que fundamente técnicamente el recurso antes de decidir sobre su procedencia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Tal omisión, importa, al decir de V.E., 'un inadmisible menoscabo a la garantía de la defensa en juicio del acusado que determina la declaración de nulidad de lo así resuelto y devolución de los autos con el fin de que se garantice la efectiva asistencia letrada con carácter previo a la decisión sobre la procedencia del recurso'" (citando Fallos: 319:1496).
"El ejercicio de la defensa debe ser cierto, de modo tal que quien sufre un proceso penal ha de ser provisto de un adecuado asesoramiento legal, que asegure la realidad sustancial de la defensa en juicio" (Fallos: 5:459; 237:158).
"Es obligación de los tribunales suministrar la debida asistencia letrada que permita ejercer la defensa sustancial que corresponda" (Fallos: 311:2502).
El examen sobre la oportunidad y el cumplimiento de los demás requisitos de los recursos locales podrá realizarse por los jueces de la causa, una vez resguardado el debido procedimiento (art. 18 CN).
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Constitución Nacionalart. 18
Fallos que cita
- Montenegro, Raúl Alberto s/ su presentaciónFallos 319:1496
- Fallos 5:459CSJN
- Fallos 237:158CSJN
- Fallos 311:2502CSJN
- Fallos 318:674CSJN
- Fallos 319:192CSJN
- Fallos 320:854CSJN
- Fallos 321:1424CSJN
- Fallos 322:1329CSJN
- Fallos 324:3545CSJN
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.