MELANO ARRIEL CARLOS c/ AFIP (DGI) s/AMPARO
La Procuración General dictaminó que corresponde admitir formalmente el recurso extraordinario del Fisco Nacional y revocar la sentencia que había admitido el amparo de un contribuyente contra una fiscalización de la AFIP-DGI. Propuso rechazar in limine el amparo por falta de arbitrariedad o ilegalidad manifiesta y por requerir la cuestión mayor debate y prueba.
¿Quién es el actor?
Arriel Carlos Melano.
¿A quién se demanda?
AFIP-DGI (Fisco Nacional).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Amparo contra la fiscalización por los períodos fiscales 1998 y 1999 de los impuestos a las ganancias, al valor agregado y a los bienes personales, con invocación del "bloqueo fiscal" del Capítulo XIII de la ley 11.683.
¿Qué se resolvió?
La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba (Sala B) confirmó el amparo, ordenando a la AFIP-DGI cesar en los actos de verificación y fiscalización sobre esos períodos.
Recurso: El Fisco interpuso recurso extraordinario, concedido a fs. 143/143 vta.
Dictamen de la Procuración General:
"El primer agravio de la recurrente finca en cuestionar la decisión de la Cámara en cuanto declaró procedente la vía utilizada para tratar la cuestión debatida en el sub lite (...)".
"Al respecto, cabe recordar que la Corte ha declarado, reiteradamente, que la acción de amparo constituye un remedio de excepción y es inadmisible cuando no media arbitrariedad o ilegalidad manifiesta, así como cuando la determinación de la eventual invalidez del acto o conducta que se impugna requiere amplitud de debate y de prueba."
"(...) la vía utilizada por el actor para cuestionar el ejercicio de sus facultades de verificación y fiscalización (arts. 35 y cc., ley 11.683) es claramente improcedente, porque no demostró que el actuar estatal adolezca de arbitrariedad e ilegalidad manifiesta ni que le produzca un perjuicio concreto en su esfera de derechos."
"(...) la discusión sobre la aplicabilidad de las normas del Capítulo XIII de la ley 11.683 requiere de un ámbito de mayor debate y prueba (...)"; la legitimidad de la fiscalización "podrá ser debidamente impugnada al momento de recurrir el consecuente acto de determinación de oficio, con amplitud de debate y prueba".
Sobre la prescripción (art. 3980 CC): "estos cuestionamientos traducen un agravio hipotético o meramente conjetural que es incapaz de sustentar la apelación intentada".
Sobre el informe exigido por la ley 24.769: resulta inoficioso considerarlo.
Conclusión: "considero que corresponde declarar formalmente admisible el recurso extraordinario de fs. 126/136, revocar la sentencia apelada, y rechazar in limine el recurso de amparo."
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 11.683arts. 35, 76, 111, 117, 118, 119 · Procedimiento fiscal
- Ley 16.986Amparo
- Ley 24.769art. 18 · Regimen penal tributario
- Decreto 629/92art. 31
- Decreto 455/02
- Decreto 977/02
- CCart. 3980 · Codigo civil
- Constitución Nacionalart. 43
Fallos que cita
- MelanoCSJN · Fallos 319:2955
- MelanoCSJN · Fallos 321:1252
- MelanoCSJN · Fallos 323:1825
- MelanoCSJN · Fallos 303:419
- MelanoCSJN · Fallos 303:422
- MelanoCSJN · Fallos 307:178
- MelanoCSJN · Fallos 306:788
- MelanoCSJN · Fallos 327:5521
- MelanoCSJN · Fallos 312:290
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.