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Corte Suprema

HERRERA ADRIAN OMAR s/PTA. INF. ART. 5 LEY 23.737

Se trata de una contienda negativa de competencia entre el Juzgado de Garantías N° 56 y el Juzgado Federal N° 2, ambos de Morón, por una causa por infracción al artículo 14 de la ley 23.737. El Procurador General opina que corresponde al Juzgado Federal N° 2 de Morón seguir conociendo en la causa, por aplicación de las reglas de conexidad previstas en la ley 26.052.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
C. 220. XLIII. COM
Contienda negativa de competencia Conexidad Ley 23.737 Estupefacientes Ley 26.052 Competencia federal Competencia local Justicia de excepcion Juzgado federal de moron Juzgado de garantias de moron.

¿Quién es el actor?

Ministerio Público (acusación en la causa instruida).

¿A quién se demanda?

N.N. Oscar (imputado).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Infracción al artículo 14 de la ley 23.737 (tenencia/comercialización de estupefacientes).

¿Qué se resolvió?

Dictamen del Procurador General de la Nación que propone que el Juzgado Federal N° 2 de Morón continúe conociendo en la causa. No es decisión de la Corte, que aún no se pronunció.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"...esa norma modificó sustancialmente la competencia material para algunas de las conductas típicas contenidas en la ley de estupefacientes, al asignar su conocimiento a la justicia local, siempre que las provincias adhieran a ese régimen legal, lo que de ningún modo importa desconocer el carácter prioritario de la jurisdicción federal en la materia..."

"...la aplicación de las reglas de conexidad están inspiradas en asegurar una más expedita y uniforme administración de justicia (Fallos: 311:695; 311:1514 y 1515; 312:645 entre muchos otros)..."

"...toda vez que contra el imputado tramita una causa ante el Juzgado Federal n° 2 de Morón (ver fs. 32) opino que corresponde a ese tribunal seguir conociendo en la presente."

El Procurador señala que la jurisprudencia invocada por el juez federal (que limita la conexidad a conflictos entre jueces nacionales) no resulta aplicable al régimen del artículo 3° de la ley 26.052.

Normas que cita

Fallos que cita

  • Fallos 311:695CSJN
  • Fallos 311:1514CSJN
  • Fallos 312:645CSJN

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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