GONZALEZ MARTA c/ CAJA NACIONAL DE PREVISION DE LA INDUSTRIA COMERCIO Y ACTIVIDADES CIVILES s/REAJUSTE POR MOVILIDAD
La Corte Suprema, por mayoría, hizo lugar al recurso extraordinario de la ANSeS y revocó la sentencia en cuanto a la movilidad jubilatoria, admitiéndola sólo por el período comprendido entre el 11 de abril de 1991 y la vigencia de la ley 24.241, conforme a los precedentes Chocobar y De Barrio. Rechazó los agravios sobre tasa de intereses y mantuvo la validez del sistema de topes máximos por remisión a precedentes.
¿Quién es el actor?
Marta González, beneficiaria del régimen previsional.
¿A quién se demanda?
INPS-Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles (ANSeS como recurrente).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajuste de la movilidad de su haber jubilatorio, cuestiones de tasa de intereses y sistema de topes máximos.
¿Qué se resolvió?
la mayoría declaró procedente el recurso extraordinario y revocó la sentencia en cuanto fuera materia de agravios. Admitió la movilidad sólo por el período 11/04/1991 hasta la entrada en vigencia de la ley 24.241, según "Chocobar" y "De Barrio". Remitió a "Acopionor" y "López" respecto de intereses, y a "Del Azar Suaya" y "Beitía" respecto de topes.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que las cuestiones planteadas en las presentes actuaciones son sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en la causa D.363.XXV. 'De Barrio, Elvira Carmen c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos', fallada el 13 de agosto de 1998, votos concurrentes de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Boggiano, López y Vázquez, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitirse por razón de brevedad."
"Que los agravios referentes a la tasa de intereses suscitan el tratamiento de temas similares a los resueltos por la Corte en las causas 'Banco Sudameris' (Fallos: 317:507) y G.602.XXVIII. 'Gil, Arnaldo Vicente c/ INPS-Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos' del 12 de marzo de 1996, de las que resulta el criterio concurrente, adverso a la procedencia del recurso, de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Belluscio, López, Bossert y Vázquez."
"Que respecto del sistema de topes máximos, cabe remitirse a lo resuelto por el Tribunal, mayoría y votos concurrentes, en las causas 'Del Azar Suaya' (Fallos: 320:2039) y B.386.XXVII. 'Beitía, Paulina Araceli c/ Caja Nacional de Prevision de la Industria, Comercio y Actividades Civiles s/ reajustes por movilidad', fallada con fecha 31 de octubre de 1997."
¿Cómo votaron los jueces?
los jueces Fayt, Belluscio y Bossert se remiten a sus disidencias en "De Barrio".
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Normas que cita
- Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones
Fallos que cita
- De Barrio, Elvira Carmen c/ Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios PúblicosCSJN · 13/08/1998
- ChocobarCSJN · Fallos 319:3241
- Banco SudamerisCSJN · Fallos 317:507
- Gil, Arnaldo Vicente c/ INPS-Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios PúblicosCSJN · 12/03/1996
- López, Antonio ManuelCSJN · Fallos 315:1209
- Acopionor SACSJN · Fallos 317:585
- Del Azar SuayaCSJN · Fallos 320:2039
- Beitía, Paulina Araceli c/ Caja Nacional de Prevision de la Industria, Comercio y Actividades Civiles s/ reajustes por movilidadCSJN · 31/10/1997
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