JurisprudenciaARG
Corte Suprema

MUNICIPALIDAD DE LA QUIACA c/ ADUANA NACIONAL - DELEGACION LA QUIACA s/EJECUCION FISCAL

La Municipalidad de La Quiaca promovió ejecución fiscal contra la Aduana Nacional por el cobro de la tasa por limpieza y extracción de residuos de los períodos 1991 a 1997. La Cámara Federal de Salta confirmó la ejecución, rechazando la exención invocada por la demandada, y el Procurador General dictaminó por admitir formalmente el recurso extraordinario y confirmar la sentencia apelada.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
M. 866. XXXV. REX
Ejecucion fiscal Tasa de limpieza y extraccion de residuos Exencion tributaria Decretos del poder ejecutivo nacional Aduana nacional Municipalidad Recurso extraordinario Sentencia definitiva Ley 48 Gravamenes locales

¿Quién es el actor?

Municipalidad de La Quiaca.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de Aduanas, Delegación La Quiaca (ejecutada).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

cobro de la tasa por limpieza y extracción de residuos correspondiente a los períodos 1991 a 1997 (51 bimestre), mediante ejecución fiscal.

¿Qué se resolvió?

la Cámara Federal de Apelaciones de Salta confirmó el fallo de primera instancia que mandó llevar adelante la ejecución. El Procurador General opina que corresponde admitir formalmente el recurso extraordinario y confirmar la sentencia de fs. 78/80 en cuanto fue materia de apelación.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Sobre la cuestión federal: "si bien en principio los juicios ejecutivos no reúnen el requisito de existencia de sentencia definitiva a los fines del recurso previsto en el art. 14 de la ley 48... cabe hacer excepción a ello cuando el tema articulado fue decidido de manera tal que frustra todo replanteo ulterior a su respecto en un juicio ordinario".

Sobre la configuración de la definitividad: "debido a que el a quo desestimó las defensas de la ejecutada basadas en la exención tributaria que establecen los decretos del Poder Ejecutivo nacional mencionados, resolviendo así el fondo de la cuestión, todo intento ulterior de la demandada por repetir lo que aquí debe abonar, podría ser repelido por la comuna actora con invocación de lo resuelto en estos autos".

Sobre el fondo: la cuestión guarda "sustancial analogía" con la examinada en el dictamen A.422, L. XXXIV, "Adm. Nac. de Aduanas c/ Municipalidad de Bahía Blanca s/ acción meramente declarativa".

La Cámara rechazó la exención invocada por los decretos 110.642/42 y 14.635/43, sosteniendo que debe existir norma expresa que la prescriba, la cual no fue emitida para la Aduana; además estimó que la ejecutada no demostró que los inmuebles del gobierno local no pagaran la misma tasa.

Normas que cita

  • Ley 48art. 14 · Justicia nacional
  • Decreto 110.642
  • Decreto 14.635

Fallos que cita

  • Fallos 308:1230CSJN
  • Fallos 311:1724CSJN
  • Fallos 308:489CSJN
  • Fallos 310:1597CSJN
  • Fallos 312:2140CSJN
  • Fallos 313:899CSJN
  • Fallos 317:1400CSJN
  • Fisco Nacional (D.G.I.) c/ Maulini, José JustoCSJN · 31/03/1999
  • Adm. Nac. de Aduanas c/ Municipalidad de Bahía Blanca s/ acción meramente declarativaCSJN

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.