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Corte Suprema

DELESCABE HILDA ESTER c/ CONSORCIO DE PROPIETARIOS DEL EDIFICIO PASTEUR 632/634/636 Y OTROS Y OTRO s/INDEMNIZACION POR MUERTE LEY 24.028

La Corte Suprema hizo lugar a la queja y al recurso extraordinario de la aseguradora citada en garantía y dejó sin efecto la sentencia que había hecho lugar al reclamo por accidente de trabajo, por considerar que la cámara omitió tratar planteos conducentes sobre la eximente de fuerza mayor extraña al trabajo. La causa vuelve al tribunal anterior para que dicte nuevo fallo conforme a derecho.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
D. 232. XXXIV. RHE
Accidente de trabajo Ley 24.028 Fuerza mayor extrana al trabajo Atentado amia-daia Doctrina de la arbitrariedad Recurso extraordinario Queja Citacion en garantia Subsidio decreto 1216/94 Responsabilidad del empleador

¿Quién es el actor?

Hilda Ester Delescabe.

¿A quién se demanda?

Consorcio de Propietarios del Edificio Pasteur 632/634/636 y otros; La Tercera Compañía de Seguros Generales S.A., citada en garantía.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reclamo fundado en el art. 8, inc. a, de la ley de accidentes del trabajo 24.028, por el fallecimiento de un trabajador en un atentado.

¿Qué se resolvió?

se hizo lugar a la queja y al recurso extraordinario, se dejó sin efecto la sentencia de la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo y se ordenó dictar nuevo fallo con arreglo a derecho, con costas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que la Sala VI de la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo (fs. 300/301 de los autos principales...), al revocar el pronunciamiento de primera instancia, hizo lugar al reclamo fundado en el art. 8, inc. a, de la ley de accidentes del trabajo 24.028 contra el consorcio demandado y su aseguradora."

"Que ello es así pues, al afirmar que 'la inexistencia en el caso de la eximente de fuerza mayor extraña al trabajo' había quedado firme, el a quo se apartó dogmáticamente de los inequívocos planteos llevados a su conocimiento por la aseguradora codemandada."

"Dichas circunstancias no pudieron pasar inadvertidas para la cámara, que omitió toda consideración al respecto, máxime cuando el propio juez de primera instancia había admitido que 'la fuerza mayor sería extraña al trabajo' en casos tales como 'la agresión de un tercero ajeno al trabajo y por motivos extralaborales'."

"Que, en tales condiciones, la sentencia recurrida debe ser descalificada con apoyo en la doctrina de la arbitrariedad, pues afecta de manera directa e inmediata las garantías constitucionales invocadas (art. 15 de la ley 48)."

Normas que cita

  • Ley 24.028arts. 2, 7 inc. b, 8 inc. a · Accidentes de trabajo
  • Ley 48art. 15 · Justicia nacional
  • Ley 24.156art. 39 · Administracion financiera y sistemas de control
  • Decreto 1216/94
  • CPCCNarts. 68, 163 inc. 6 · Codigo procesal civil y comercial de la nacion

Fallos que cita

  • Fallos 312:952CSJN
  • Fallos 314:1849CSJN

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