GUCKENHEIMER CAROLINA INES Y OTROS c/ KLEIMAN ENRIQUE Y OTRO Y OTRO s/EJECUCION ALIMENTOS
La parte actora interpuso recurso extraordinario contra la decisión de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil que revocó la intimación de pago de cuota alimentaria y suspendió la ejecución hasta resolver la nulidad de un acuerdo. La Procuración General dictaminó desestimar la queja por no tratarse de sentencia definitiva ni existir gravedad institucional.
¿Quién es el actor?
Carolina Inés Guckenheimer, por sí y en representación de sus hijos menores Gastón y Sofía Kleiman.
¿A quién se demanda?
Enrique Kleiman y otro.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Ejecución de cuota alimentaria a favor de los menores, fundada en un convenio celebrado entre la madre y los abuelos paternos, cuya nulidad fue planteada por la propia acreedora en razón de la insolvencia del progenitor.
¿Qué se resolvió?
La Sala E de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil revocó el auto de primera instancia que había intimado a los demandados al pago bajo apercibimiento del artículo 648 del CPCCN, y dispuso postergar el trámite de ejecución hasta la resolución del incidente de nulidad. Denegado el recurso extraordinario, la actora interpuso queja. La Procuración General dictamina que corresponde desestimarla.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Es doctrina de V.E. que sólo son sentencias definitivas, a los efectos del recurso extraordinario, las que ponen fin al pleito o causan un agravio de imposible o insuficiente reparación ulterior. Dejó también expresamente establecido la Corte que la invocación de garantías constitucionales no excusa la falta de cumplimiento de ese requisito, cuando los agravios pueden encontrar remedio en instancias posteriores (v. Fallos: 293:443, 534; 294:56; 295:701, 152; 310:681, 2733)."
"En mi opinión, el pronunciamiento impugnado no reúne dicho requisito ya que se limita a postergar el trámite de ejecución de un convenio de alimentos -celebrado entre la madre de los alimentarios y sus abuelos- a las resultas de un incidente de nulidad por ella misma promovido..."
"Por otra parte, si bien no dejo de advertir que en el proceso se encuentra en debate un problema alimentario, que atañe a personas menores de edad, sin embargo la actora cuenta con otras vías judiciales aptas, en caso de necesidad, para hacer valer sus derechos, como lo son las contempladas por los artículos 375 y 376 del Código Civil."
"Finalmente, tampoco creo que en el caso se configure un supuesto de gravedad institucional, desde que no se demuestra ni surge de las actuaciones la existencia de un interés que exceda del de las partes involucradas."
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Normas que cita
Fallos que cita
- Fallos 293:443CSJN
- Fallos 294:56CSJN
- Fallos 295:701CSJN
- Fallos 310:681CSJN
- Fallos 308:2060CSJN
- Fallos 310:167CSJN
- Fallos 311:667CSJN
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