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Corte Suprema

ISOLDI FLORENTINA c/ INPS-CAJA NAC DE PREV DE LA INDUSTRIA,COM Y A CT CIVILES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La Corte Suprema declaró procedente el recurso extraordinario deducido por la ANSeS y revocó la sentencia en cuanto fuera materia de agravios, admitiendo la movilidad del haber de la actora desde el 11 de abril de 1991 hasta la entrada en vigencia de la ley 24.241 según el criterio de los precedentes Chocobar y Cordaro.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
I. 34. XXXIII. REX
Movilidad previsional Haber jubilatorio Caja nacional de prevision de la industria Comercio y actividades civiles Anses Recurso extraordinario Ley 24.241 Tasa de intereses Topes maximos cordaro chocobar.

¿Quién es el actor?

Florentina Isoldi.

¿A quién se demanda?

Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles (hoy ANSeS como parte recurrente).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajustes por movilidad del haber previsional.

¿Qué se resolvió?

la Corte, por mayoría, declaró procedente el recurso extraordinario de la ANSeS y revocó la sentencia en cuanto fuera materia de agravios. Admitió la movilidad del período comprendido entre el 11 de abril de 1991 y la entrada en vigencia del régimen de la ley 24.241, según el criterio fijado en "Chocobar, Sixto Celestino" (Fallos: 319:3241) y "Cordaro". Los jueces Belluscio y Bossert se remitieron a sus disidencias en "Cordaro".

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Que las cuestiones planteadas por la demandada en las presentes actuaciones son sustancialmente análogas a las examinadas por el Tribunal en la causa 'Cordaro, Pascual' (Fallos: 321:624), votos concurrentes de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Boggiano, López y Vázquez, a cuyas consideraciones, en lo pertinente, cabe remitirse por razón de brevedad."

"Que los agravios referentes a la tasa de intereses suscitan el tratamiento de temas similares a los resueltos por la Corte en las causas 'Banco Sudameris' (Fallos: 317:507) y G.602.XXVIII. 'Gil, Arnaldo Vicente c/ INPS- Caja Nacional de Previsión para el Personal del Estado y Servicios Públicos' del 12 de marzo de 1996, de las que resulta el criterio concurrente, adverso a la procedencia del recurso, de los jueces Nazareno, Moliné O'Connor, Belluscio, López, Bossert y Vázquez."

"Que respecto del sistema de topes máximos, cabe remitirse a lo resuelto por el Tribunal, mayoría y votos concurrentes, en las causas 'Del Azar Suaya, Abraham' (Fallos: 320:2039) y B.386.XXVII. 'Beitía, Paulina Araceli c/ INPS - Caja Nacional de Previsión de la Industria, Comercio y Actividades Civiles', fallada con fecha 31 de octubre de 1997."

¿Cómo votaron los jueces?

los jueces Belluscio y Bossert se remiten a sus disidencias en "Cordaro" respecto de la movilidad del período 1991 a la ley 24.241 (disidencia en ese punto, no decisión de mayoría).

Normas que cita

  • Ley 24.241Sistema integrado de jubilaciones y pensiones

Fallos que cita

  • Cordaro, PascualCSJN · Fallos 321:624
  • Chocobar, Sixto CelestinoCSJN · Fallos 319:3241
  • Banco SudamerisCSJN · Fallos 317:507
  • Gil, Arnaldo Vicente c/ INPSCSJN · 12/03/1996
  • Del Azar Suaya, AbrahamCSJN · Fallos 320:2039
  • Beitía, Paulina Araceli c/ INPSCSJN · 31/10/1997
  • López, Antonio ManuelCSJN · Fallos 315:1209
  • Acopionor SACSJN · Fallos 317:585

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