PRIETO LAZARO MANUEL c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
Lázaro Manuel Prieto reclamó a la ANSeS el reajuste de su haber previsional. La Corte Suprema declaró parcialmente procedentes los recursos ordinarios, revocó la sentencia apelada en lo relativo a la quita porcentual aplicada, confirmó lo resuelto sobre intereses y modificó el plazo de cumplimiento conforme a la ley 26.153.
¿Quién es el actor?
Lázaro Manuel Prieto.
¿A quién se demanda?
Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
¿Cuál es el objeto del reclamo?
reajustes varios de haber previsional.
¿Qué se resolvió?
la Corte declaró parcialmente procedentes los recursos ordinarios interpuestos por la parte actora y por la ANSeS; revocó la sentencia apelada con el alcance que surge de las causas "Sánchez" y "Pellegrini"; confirmó lo resuelto en cuanto a los intereses según el fallo "Spitale"; y modificó el plazo de cumplimiento conforme a la ley 26.153.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"el agravio de la parte actora referente a que la entrada en vigencia de la ley 23.928 no afectó la movilidad establecida por la ley 18.037, guarda sustancial analogía con el examinado por el Tribunal en Fallos: 328:1602 y 2833 ('Sánchez'), cuyos fundamentos y conclusiones se dan por reproducidos, solución que exime de tratar el planteo de inconstitucionalidad de la ley de convertibilidad citada."
"las impugnaciones del jubilado referentes a la aplicación de una quita porcentual suscitan el examen de cuestiones que han sido resueltas por el Tribunal en la causa P.1182.XXXIX. 'Pellegrini, Américo c/ ANSeS s/ reajustes varios', sentencia del 28 de noviembre de 2006, por lo que corresponde revocar la sentencia apelada con dicho alcance."
"los planteos de la ANSeS referentes a la inconstitucionalidad de los artículos 16, 22 y 23 de la ley 24.463 han devenido abstractos, pues los citados artículos 16 y 23 han sido derogados por la ley 26.153. En virtud de la entrada en vigencia de la última norma mencionada, el cumplimiento de esta sentencia deberá efectuarse en el plazo allí previsto (conf. art. 21)."
"la cuestión esgrimida por el organismo previsional respecto a la tasa pasiva de interés encuentran adecuada respuesta en el precedente publicado en Fallos: 327:3721 ('Spitale'), al que cabe remitir."
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Normas que cita
- Ley 18.037Nuevo regimen de jubilaciones y pensiones
- Ley 23.928Convertibilidad del austral
- Ley 24.463arts. 16, 22, 23 · Solidaridad previsional
- Ley 26.153art. 21 · Solidaridad previsional
- Ley 21.864Aportes y deudas previsionales
Fallos que cita
- Iglesias, Julio c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 15/08/2006
- SánchezCSJN · Fallos 328:1602
- Pellegrini, Américo c/ ANSeS s/ reajustes variosCSJN · 28/11/2006
- SpitaleCSJN · Fallos 327:3721
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
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