ROJAS OSVALDO s/DEFRAUDACION
Se planteó una contienda negativa de competencia entre el Juzgado Nacional en lo Criminal de Instrucción nº 26 y el Juzgado de Garantías en lo Penal nº 3 de La Plata por una presunta retención indebida de dos vehículos entregados en comodato. La Procuración General dictaminó que la competencia corresponde al juzgado platense, por ser el domicilio del deudor el lugar de cumplimiento de la obligación.
Actor/denunciante: Javier César Luna, representante legal de Altete S.A.
Demandado/imputado: Osvaldo Rojas, presidente de Argesil S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Presunto delito de retención indebida por la falta de devolución de dos vehículos entregados en comodato para tareas de telefonía, cuyo reintegro fue intimado mediante carta documento.
¿Qué se resolvió?
La Procuración General dictaminó que debe continuar interviniendo el Juzgado de Garantías en lo Penal nº 3 de La Plata, provincia de Buenos Aires.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"la retención indebida se consuma en el lugar donde debió efectuarse la entrega o devolución incumplida (Fallos: 300:232; 302:820; 306:737; 313:163; 314:786 y 323:1104 y 2612)."
"de los contratos de comodato cuyas fotocopias lucen a fojas 9 y 10, no surge que se haya convenido expresamente el lugar donde debía cumplirse con la restitución de los automotores, el caso encuadra en la jurisprudencia del Tribunal según la cual, en esas hipótesis, debe estarse a lo dispuesto por el artículo 747 in fine del Código Civil, en cuanto establece que la obligación debe ser cumplida en el domicilio del deudor"
"la carta documento de fojas 8 ... aún cuando pudiera entenderse que se ha intimado a hacerlo en el domicilio del acreedor, ello carece de relevancia en orden a fijar la competencia pues sólo exteriorizaría una pretensión unilateral sobre el punto"
"de los dichos del denunciante de fojas 1 y de la carta documento de fojas 7/8 surge que el domicilio del imputado es en la ciudad de La Plata"
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Normas que cita
- CCivart. 747
- Ley 340
Fallos que cita
- Fallos 300:232CSJN
- Fallos 302:820CSJN
- Fallos 306:737CSJN
- Fallos 313:163CSJN
- Fallos 314:786CSJN
- Fallos 323:1104CSJN
- Fallos 323:2612CSJN
- Fallos 308:1972CSJN
- Fallos 308:213CSJN
- Fallos 317:223CSJN
- Adi Toto, Raúl Tomás s/estafaCSJN · 18/02/1997
- Núñez, Norberto s/defraudación por retención indebidaCSJN · 28/12/1998
- Gorrochategui, José Luis s/defraudaciónCSJN · 28/08/2001
- Rapetti, Edgardo y otro s/defraudaciónCSJN · 02/08/2000
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