JurisprudenciaARG
Corte Suprema

Oscar Edgardo Mellen!

El extracto trata sobre la competencia territorial en el delito de defraudación por retención indebida. Se resuelve que es competente el juez de la jurisdicción donde la empresa de transportes debía entregar los muebles, por ser el lugar donde se reputa cometido el delito.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
Fallos 314:786
Competencia ordinaria Competencia territorial Lugar del delito Defraudacion Retencion indebida Entrega de muebles Empresa de transportes Jurisdiccion penal

¿Quién es el actor?

DESCONOCIDO

Demandado / imputado: DESCONOCIDO (se menciona a Oscar Edgardo Mellien, cuyo rol procesal no surge del extracto)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Determinar la competencia territorial para juzgar una defraudación por retención indebida atribuida a una empresa de transportes.

¿Qué se resolvió?

Es competente el juez del lugar donde debió realizarse la entrega de los muebles, ya que el delito de defraudación por retención indebida se considera cometido en el lugar donde debió efectuarse la entrega o devolución incumplida.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

El extracto no transcribe considerandos. Sólo consigna la regla de competencia (lugar del delito) como criterio aplicado, con referencia al precedente indicado en nota (6 de agosto, pág. 314 de la publicación).

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

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