SARTHOU JUAN JOSE c/ SIEMBRA AFJP S.A. s/DESPIDO
La Procuración General dictaminó que corresponde admitir el recurso extraordinario y revocar la sentencia que había declarado la inconstitucionalidad del artículo 4° del decreto 264/02 y limitado la duplicación indemnizatoria del artículo 16 de la ley 25.561 al rubro antigüedad. Propone que la indemnización sustitutiva del preaviso quede comprendida en el agravamiento, por analogía con el precedente Aceval Pollachi.
¿Quién es el actor?
Juan José Sarthou.
¿A quién se demanda?
Siembra AFJP S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Rubros derivados del despido sin causa (indemnizaciones, comisiones, incidencia del SAC y duplicación del art. 16 de la ley 25.561, incluyendo la indemnización sustitutiva del preaviso).
¿Qué se resolvió?
La Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, Sala VIII, por mayoría, declaró la inconstitucionalidad del art. 4° del decreto 264/02 y limitó la duplicación resarcitoria al rubro antigüedad. La Procuración propone admitir el recurso federal y revocar esa decisión.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"...la ley n° 25.972 -que, en consonancia con lo anterior y como se desprende de todo su tenor, limita y morigera la tutela prevista originariamente en el artículo 16 de la ley n° 25.561, convalidando lo obrado en tal sentido por el Ejecutivo en seguimiento de la crisis- no resulta, en lo que nos ocupa, sólo -cerca de tres años- posterior a la ley n° 25.561 (BO: 7/1/02) y al decreto n° 264/02 (BO: 11/02/02), sino, incluso, posterior al despido del actor, acaecido, como se detalló, el 30/11/04."
Se remite, por razones de brevedad, al dictamen en S.C. A. n° 996, L. XLI, "Aceval Pollachi, Julio César c/ Compañía de Radiocomunicaciones Móviles S.A.", del 12/12/06, por su analogía substancial.
El recurso es formalmente admisible porque se cuestionó la constitucionalidad del art. 4° del decreto 264/02 y la resolución fue contraria a su validez (art. 14, incisos 1° y 3°, ley 48).
Se señala que la queja por la denegación parcial del recurso (expte. S.C. S n° 1027, L. XLIII) no fue objeto de vista a este Ministerio Público, lo que obsta a su examen.
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Normas que cita
- Ley 25.561art. 16 · Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- Decreto 264/02art. 4
- Ley 25.972art. 4 · Emergencia publica
- Ley 25.013art. 6 · Reforma laboral
- Ley 20.744arts. 232, 242, 245, 246 · Ley de contrato de trabajo
- Ley 26.339art. 1 · Emergencia publica
- Ley 25.820Emergencia publica y reforma del regimen cambiario
- Ley 26.077Emergencia publica
- Ley 26.204Emergencia publica
- Ley 25.323art. 2 · Contrato de trabajo
- Ley 48art. 14 · Justicia nacional
- CCart. 3
- Constitución Nacionalarts. 14 bis, 17, 75 inc. 12, 99 inc. 2
- Decreto 823/04
Fallos que cita
- Aceval Pollachi, Julio César c/ Compañía de Radiocomunicaciones Móviles S.A.CSJN · 12/12/2006
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