VATTUONE EDGAR ANTONIO c/ LEIVA MARIO LEONARDO Y OTRO Y OTRO s/RECONOCIMIENTO DE SOCIEDAD DE HECHO
En un juicio civil entre particulares, la Suprema Corte bonaerense declaró inadmisible el recurso de inaplicabilidad de ley del codemandado por falta de depósito previo suficiente. La Corte Suprema hizo lugar a la queja, declaró procedente el recurso extraordinario y dejó sin efecto la sentencia, por haberse omitido considerar una medida cautelar que impedía al recurrente reunir la suma exigida.
¿Quién es el actor?
Edgar Antonio Vattuone.
¿A quién se demanda?
Mario Leonardo Leiva y otro.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
proceso civil ordinario en la Provincia de Buenos Aires; la controversia central es el depósito previo del art. 280 del Código Procesal local, requisito para interponer el recurso de inaplicabilidad de ley.
¿Qué se resolvió?
se hizo lugar a la queja, se declaró procedente el recurso extraordinario y se dejó sin efecto la sentencia apelada, con devolución de los autos al tribunal de origen para que dicte nuevo fallo.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Sobre el depósito previo, la mayoría sostuvo: "las resoluciones que declaran improcedentes recursos interpuestos ante los tribunales locales no justifican, como regla, el otorgamiento de la apelación del art. 14 de la ley 48 (Fallos: 308:667, entre otros), pues sólo trasunta una mera discrepancia con lo resuelto por el a quo en cuestiones de naturaleza procesal local" (cons. 3°). Ese agravio, por sí solo, fue desestimado.
Sobre el restante agravio, la mayoría afirmó que suscita cuestión federal "pues aunque remite al examen de temas extraños, como regla y por su naturaleza, a la instancia extraordinaria, ello no es óbice para invalidar lo resuelto cuando el tribunal omitió considerar constancias incorporadas a la causa y prescindió del examen de planteos oportunamente introducidos y conducentes para la solución de la litis" (cons. 4°).
Se señaló que el tribunal provincial "soslayó el planteo concreto formulado por el recurrente vinculado con la existencia de una medida cautelar que pesaba sobre él" y que le impedía reunir la suma de $25.000 (cons. 5°). Se recordó que "la desproporcionada magnitud del monto con relación a la capacidad económica de la apelante y 'la falta comprobada e inculpable de los medios para afrontar dichas erogaciones constituyen supuestos de excepción de la exigencia legal del depósito previo'" (cons. 6°, citando Fallos 247:181 y otros).
Conclusión de la mayoría: "el fallo no satisface el requisito de constituir una derivación razonada del derecho vigente con aplicación a las circunstancias del caso, por lo que ante la relación directa existente entre lo resuelto y las garantías constitucionales de igualdad y defensa en juicio, corresponde descalificar la sentencia con fundamento en la doctrina de esta Corte sobre arbitrariedad" (cons. 7°).
¿Cómo votaron los jueces?
sostuvo que "tanto la tasa de justicia cuanto los depósitos que son requeridos en las instancias recursivas, no deben ser exigidos en ningún caso como condicionantes previos del acceso a la jurisdicción", y que el pago debe realizarse al finalizar el pleito por quien resulte vencido. Agregó que, con más razón, correspondía este temperamento porque el recurrente justificó el cumplimiento insuficiente del recaudo.
Ver el fallo completo
Dejá tu email y te mostramos la sentencia completa.
Normas que cita
- Ley 48art. 14 · Justicia nacional
- Constitución Nacional
Fallos que cita
- Cepeda de PeñalbaCSJN · Fallos 308:235
- MillerCSJN · Fallos 316:2927
- GuezalezCSJN · Fallos 318:1695
- Monteagudo, Rubén Omar c/ Defranco de Bell, Amelia MaríaCSJN · 21/08/1997 · Fallos 319:1389
- Fallos 308:667CSJN
- Fallos 247:181CSJN
- Fallos 250:208CSJN
- Fallos 287:101CSJN
- Fallos 291:455CSJN
- Fallos 295:240CSJN
- Fallos 296:40CSJN
- Fallos 310:908CSJN
- Fallos 312:1903CSJN
- Fallos 318:821CSJN
Más jurisprudencia sobre
El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.
Encontrá la jurisprudencia para tu caso
Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.