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Corte Suprema

OLLUA MARCELO c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

Marcelo Ollúa promovió amparo por mora y reajuste de su haber jubilatorio contra la ANSeS, planteando la movilidad de su prestación y la actualización de la porción determinada por la ley 18.038 y por sus actividades autónomas. La Corte Suprema declaró procedentes los recursos ordinarios y revocó la sentencia de Cámara, ordenando que el organismo previsional recalcule el haber considerando los aportes autónomos conforme al precedente de Fallos 312:2089.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
O. 21. XXXV. ROR
Movilidad jubilatoria Reajuste de haber Ley 18.038 Aportes autonomos Ley 24.463 Amparo por mora Rigor formalista Derecho alimentario Tutela judicial oportuna Anses

¿Quién es el actor?

Marcelo Ollúa.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reajuste del haber jubilatorio, tanto en la movilidad posterior a la ley 24.463 como en la porción del haber correspondiente a tareas autónomas (ley 18.038).

¿Qué se resolvió?

la Corte declaró procedentes los recursos ordinarios interpuestos y revocó la sentencia apelada en el alcance que surge de los considerandos. Dispuso que, al recalcular el haber inicial y la movilidad, el organismo debe aplicar las pautas de Fallos 312:2089 respecto de los aportes autónomos. Costas por su orden (art. 21 ley 24.463) y comunicación a la Procuración del Tesoro (art. 6° ley 25.344).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"la negativa de la cámara a entender sobre el punto se presenta revestida de un injustificado rigor formal, incompatible con la naturaleza alimentaria del derecho en juego y con la prudencia que deben tener los jueces al decidir cuestiones de esa índole".

"tales circunstancias y la negativa del tribunal a tratar el pedido de aplicación del art. 10 de la ley 19.549, han privado al actor de los medios idóneos para la tutela oportuna de derechos que cuentan con protección constitucional".

Respecto de la pauta de movilidad posterior al 31 de marzo de 1995, la Corte remite a lo resuelto en Fallos 322:2226.

Normas que cita

Fallos que cita

  • ChocobarCSJN · Fallos 319:3241
  • Ollúa, Marcelo c/ ANSeSCSJN · 02/07/2002 · Fallos 322:2226
  • Fallos 312:2089CSJN
  • Fallos 324:1405CSJN
  • Fallos 311:103CSJN
  • Fallos 313:578CSJN
  • Fallos 320:2340CSJN
  • Fallos 315:376CSJN

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