JurisprudenciaARG
Corte Suprema

FERNANDEZ EMILIA MARGARITA c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD

La ANSeS y el Ministerio Público recurrieron una sentencia de reajuste previsional por movilidad jubilatoria. La Corte Suprema declaró procedentes ambos recursos y revocó la sentencia apelada, remitiendo a los fundamentos de los precedentes Arena, Schiariti e Iglesias sobre la inconstitucionalidad de los artículos 21, 22 y 23 de la ley 24.463 y de la ley de Solidaridad Previsional.

Fecha de la sentencia
Tribunal
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Fuero
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
Jurisdicción
Federal · Ciudad de Buenos Aires
Expediente
F. 679. XXXVI. ROR
Reajuste por movilidad Ley de solidaridad previsional Inconstitucionalidad Articulo 21 ley 24.463 Articulos 22 y 23 ley 24.463 Movilidad jubilatoria Haberes previsionales Recurso ordinario Anses Costas por su orden

¿Quién es el actor?

Emilia Margarita Fernández.

¿A quién se demanda?

Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste de haberes previsionales por movilidad.

¿Qué se resolvió?

Se declararon procedentes los recursos ordinarios deducidos por la ANSeS y por el Ministerio Público, y se revocó la sentencia apelada con el alcance que surge de los considerandos de los fallos "Arena", "Schiariti" e "Iglesias". Las costas se impusieron por su orden (art. 21, ley 24.463).

¿Cuáles son los fundamentos principales?

Considerando 1°: "Que los agravios vinculados con la declaración de inconstitucionalidad del art. 21 de la ley de Solidaridad Previsional han sido resueltos por esta Corte en el precedente publicado en Fallos: 324:2360 ("Arena"), a la que cabe remitir por razón de brevedad."

Considerando 2°: "Que las cuestiones relacionadas con los artículos 22 y 23 de la ley 24.463, han sido examinadas y resueltas por el Tribunal en el precedente publicado en Fallos: 323:1861 ("Schiariti") y en la causa I.110.XXXV. "Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidad", fallada con fecha 17 de abril de 2001."

Considerando 3°: "Que los restantes agravios de la ANSeS guardan sustancial analogía con los examinados y resueltos por el Tribunal en Fallos: 323:3135 ("Torres Brizuela"), a cuyos fundamentos y conclusiones cabe remitirse por razón de brevedad."

Normas que cita

  • Ley 24.463arts. 21, 22, 23 · Solidaridad previsional

Fallos que cita

  • ArenaCSJN · Fallos 324:2360
  • SchiaritiCSJN · Fallos 323:1861
  • Iglesias, Manuel c/ ANSeS s/ reajustes por movilidadCSJN · 17/04/2001
  • Torres BrizuelaCSJN · Fallos 323:3135

Más jurisprudencia sobre

El resumen se genera automáticamente con fines informativos: no es información oficial ni opinión legal, y no reemplaza la lectura del fallo completo. Para cualquier decisión, consultá la sentencia original con un profesional.

Encontrá la jurisprudencia para tu caso

Buscá en los fallos de JurisprudenciaARG por tema, tribunal y fecha. Creá tu cuenta para empezar.